Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-9230)
Resolución de 1 de mayo de 2025, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 61617

6.4 El acto de presentación de los candidatos, que será público, se realizará en
modalidad presencial para los candidatos y para los miembros de la comisión de la
Universidad de Cantabria pudiendo actuar por medios electrónicos los miembros
externos. Este consistirá en su presentación e identificación ante la comisión y la entrega
a su presidente de la documentación siguiente:
– Curriculum vitae, en modelo normalizado según anexo IV en formato electrónico,
en el que el concursante detallará su historial académico, experiencia docente e
investigadora (incluyendo la de transferencia e intercambio de conocimiento) y, en su
caso, también la experiencia asistencial sanitaria. Su falta de aportación por los
candidatos no podrá ser subsanada.
– Un ejemplar en formato electrónico de todos los méritos alegados y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo en formato PDF y organizado en
carpetas según el orden en el que aparecen los apartados del currículo que identifique
claramente su contenido. Se enviará a la Comisión en formato comprimido (ZIP) de
acuerdo o como la Comisión lo determine en el acto de constitución.
– El proyecto docente y de investigación (incluyendo la transferencia e intercambio
de conocimiento) en formato electrónico que el concursante propone para la exposición y
defensa ante la comisión. Este deberá estar contextualizado en un plan de estudios
vigente en la UC y, más concretamente, en la docencia asignada al departamento donde
se convoque la plaza.
La documentación a la que hace referencia este apartado no se adjuntará en ningún
caso junto con la solicitud de admisión al concurso.
En este mismo acto se determinará mediante sorteo el orden de actuación de los
candidatos presentados para realizar la primera prueba, y se fijará el lugar, día y hora del
comienzo de la misma. Igualmente se fijará el plazo durante el cual los candidatos podrán
examinar la documentación presentada por los demás concursantes, y el lugar donde
podrán hacerlo. Se publicará la lista de los candidatos presentados, el tiempo y lugar para
examinar la documentación, y el lugar, día y hora en que comenzará la primera prueba en el
tablón de anuncios del Departamento y en la puerta de acceso al lugar de celebración y
complementariamente en la página Web de Concursos PDI de la UC.
6.5 La valoración del currículo de los candidatos se ajustará al baremo detallado
que la comisión indique, y que se ajustará a lo establecido en los criterios de valoración
establecidos en el anexo III.
Los méritos de los solicitantes serán valorados en relación con la especialidad de
conocimiento para la que se convocan las plazas. El baremo se estructurará en cinco
apartados: Docencia, Investigación, Actividad asistencial (en su caso), Liderazgo y otros
méritos.
El baremo previamente definido y propuesto por la comisión deberá recoger de
manera detallada los ítems que se valorarán en cada subapartado de los apartados
anteriores y la puntuación máxima (o en porcentaje) de cada uno de ellos en el caso de
que saturara. La puntuación total del baremo de la plaza será de 100 puntos. A tal
efecto, el valor otorgado a cada uno de dichos apartados estará en el rango determinado
en el anexo III. El peso dado al apartado docente e investigador y asistencial en su caso,
será análogo. Asimismo, en el baremo se determinará el coeficiente a aplicar a cada uno
de los méritos valorados en función de la afinidad al perfil de la plaza. Estos coeficientes
serán fijos y se establecerán de acuerdo a lo siguiente: 1 si es del perfil; un valor
entre 0,3 y 0,7 si es afín y un valor de hasta 0,2 si no es afín. Se considerarán afines,
para cada una de las especialidades de conocimiento, al menos aquellas que se recogen
en el anexo IV de la normativa de la UC por la que se regulan estos concursos.
La Comisión llevará a cabo la valoración de los méritos acreditados por los candidatos
de acuerdo con el baremo establecido. La falta de justificación documental de los méritos
siempre que se encuentren incluidos en el currículo será subsanable, debiendo conferirse a
los candidatos un plazo de cinco días para su aportación. La persistencia en su no
aportación supondrá la no valoración de los mismos por la Comisión.

cve: BOE-A-2025-9230
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Núm. 114