Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-9231)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Lunes 12 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61633
b) Acta en la que reflejada la puntuación que la comisión haya asignado a las
personas candidatas en cada uno de los aspectos a valorar según los criterios
establecidos.
c) Los informes y las valoraciones numéricas correspondientes a cada una de les
personas candidatas.
d) Acta de la propuesta de adjudicación de la plaza, con la relación priorizada de
las personas candidatas que han superado el proceso selectivo.
8.2 El rector, a la vista de la propuesta presentada, dictará resolución nombrando
una persona candidata para cada plaza de acuerdo con el orden propuesto por la
comisión, hasta completar el número de plazas convocadas. Las resoluciones de
nombramiento se harán públicas en la página web de la URV y se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
8.3 En caso de que la propuesta no tenga el acuerdo unánime de la comisión, el
miembro disconforme hará constar su propia valoración y ordenación de las personas
candidatas valoradas positivamente.
8.4 El acta de propuesta de adjudicación de la plaza y las puntuaciones de las
personas candidatas se harán públicas en la página web de la URV en el plazo máximo
de diez días hábiles desde la fecha de celebración del concurso.
8.5 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes de la Universitat Rovira i
Virgili.
8.6 La persona candidata nombrada no podrá participar en un nuevo concurso de
acceso para plazas de igual categoría y área o ámbito de conocimiento de esta
Universidad o una Universidad diferente, hasta que no hayan transcurrido dos años
desde la fecha de toma de posesión.
8.7 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el Rector de la Universidad, en el plazo de diez días a partir de la fecha
en que se haga público el resultado del concurso. Una vez que la reclamación se ha
presentado a través del registro general de la URV y se ha admitido a trámite, se
suspenden los nombramientos.
8.8 La comisión de reclamaciones debe resolver las reclamaciones
obligatoriamente y motivadamente en el plazo de tres meses y el rector o la rectora
dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la comisión. El transcurso del plazo
sin resolver se entenderá desestimada la reclamación presentada. En el caso de que la
comisión de reclamaciones no ratifique la propuesta de la comisión de selección objeto
de reclamación, el expediente se retrotraerá hasta el momento en que se produzca el
vicio y la comisión de selección que había resuelto el concurso deberá formular una
nueva propuesta.
8.9 Los acuerdos de la comisión de reclamaciones vinculan al rector o a la rectora
cuyas resoluciones extinguen la vía administrativa.
9.
Presentación de documentos y nombramientos
a) Documento Nacional de Identidad vigente o documento correspondiente si su
nacionalidad es diferente a la española.
b) Título de doctor o doctora o resguardo del título.
c) Declaración jurada que acredite que la persona candidata seleccionada no tiene
ningún defecto o enfermedad que impida el desarrollo normal de las funciones
correspondientes.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna administración pública ni hallarse inhabilitado para
cve: BOE-A-2025-9231
Verificable en https://www.boe.es
9.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deben
presentar en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de veinte días naturales
siguientes a la conclusión de la actuación de la Comisión los siguientes documentos:
Núm. 114
Lunes 12 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61633
b) Acta en la que reflejada la puntuación que la comisión haya asignado a las
personas candidatas en cada uno de los aspectos a valorar según los criterios
establecidos.
c) Los informes y las valoraciones numéricas correspondientes a cada una de les
personas candidatas.
d) Acta de la propuesta de adjudicación de la plaza, con la relación priorizada de
las personas candidatas que han superado el proceso selectivo.
8.2 El rector, a la vista de la propuesta presentada, dictará resolución nombrando
una persona candidata para cada plaza de acuerdo con el orden propuesto por la
comisión, hasta completar el número de plazas convocadas. Las resoluciones de
nombramiento se harán públicas en la página web de la URV y se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
8.3 En caso de que la propuesta no tenga el acuerdo unánime de la comisión, el
miembro disconforme hará constar su propia valoración y ordenación de las personas
candidatas valoradas positivamente.
8.4 El acta de propuesta de adjudicación de la plaza y las puntuaciones de las
personas candidatas se harán públicas en la página web de la URV en el plazo máximo
de diez días hábiles desde la fecha de celebración del concurso.
8.5 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes de la Universitat Rovira i
Virgili.
8.6 La persona candidata nombrada no podrá participar en un nuevo concurso de
acceso para plazas de igual categoría y área o ámbito de conocimiento de esta
Universidad o una Universidad diferente, hasta que no hayan transcurrido dos años
desde la fecha de toma de posesión.
8.7 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el Rector de la Universidad, en el plazo de diez días a partir de la fecha
en que se haga público el resultado del concurso. Una vez que la reclamación se ha
presentado a través del registro general de la URV y se ha admitido a trámite, se
suspenden los nombramientos.
8.8 La comisión de reclamaciones debe resolver las reclamaciones
obligatoriamente y motivadamente en el plazo de tres meses y el rector o la rectora
dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la comisión. El transcurso del plazo
sin resolver se entenderá desestimada la reclamación presentada. En el caso de que la
comisión de reclamaciones no ratifique la propuesta de la comisión de selección objeto
de reclamación, el expediente se retrotraerá hasta el momento en que se produzca el
vicio y la comisión de selección que había resuelto el concurso deberá formular una
nueva propuesta.
8.9 Los acuerdos de la comisión de reclamaciones vinculan al rector o a la rectora
cuyas resoluciones extinguen la vía administrativa.
9.
Presentación de documentos y nombramientos
a) Documento Nacional de Identidad vigente o documento correspondiente si su
nacionalidad es diferente a la española.
b) Título de doctor o doctora o resguardo del título.
c) Declaración jurada que acredite que la persona candidata seleccionada no tiene
ningún defecto o enfermedad que impida el desarrollo normal de las funciones
correspondientes.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna administración pública ni hallarse inhabilitado para
cve: BOE-A-2025-9231
Verificable en https://www.boe.es
9.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deben
presentar en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de veinte días naturales
siguientes a la conclusión de la actuación de la Comisión los siguientes documentos: