Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9380)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española para la Inteligencia Artificial, para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Investigación en Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 62532

comisión de seguimiento, determinarán la fecha improrrogable de finalización de las
actividades, teniendo en cuenta los alumnos existentes y la citada normativa aplicable
vigente en materia de años de permanencia.
Régimen jurídico y resolución de conflictos
Decimonovena.

Régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, y por la
normativa propia de la UIMP en materia de títulos oficiales de posgrado.
Vigésima.

Resolución de conflictos.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio, a través de la comisión de seguimiento. En caso de no ser posible
una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someten
expresamente a la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Resolución del convenio firmado entre las partes el 3 de mayo de 2023
Vigesimoprimera.

Resolución del convenio.

Las partes, unánimemente, acuerdan resolver el convenio suscrito por ambas
entidades el 3 de mayo de 2023 para el desarrollo del título oficial de «Máster
universitario en Investigación en Inteligencia Artificial».
La resolución del convenio dará lugar a su liquidación con el objeto de determinar las
obligaciones y compromisos de cada una de las partes. Las partes procederán a liquidar
económicamente dicho convenio, aprobando a través de la Comisión de seguimiento las
obligaciones pendientes de cada una de las partes en relación con los compromisos
económicos derivados del convenio, acordando, asimismo, un plazo máximo para su pago.
Liquidado el convenio tras satisfacer dicho pago, se inscribirá su extinción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 3 de mayo de 2023.

cve: BOE-A-2025-9380
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las Partes firman el presente documento a un solo efecto,
en las fechas indicadas en las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización
del presente documento la fecha del último firmante.–Por la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O. A., Carlos Andradas Heranz, 30 de abril de 2025.–Por la Asociación
Española para Inteligencia Artificial, Alicia Troncoso Lora, 29 de abril de 2025.