Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9373)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Acceso norte al aeropuerto de Málaga desde el enlace del p.k. 230 de la autovía del Mediterráneo A-7».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 62470
Respecto a las afecciones por sinergias sobre la fauna, el punto más sensible de la
zona de estudio es el encauzamiento del arroyo Bienquerido al actuar como refugio de
fauna. Teniendo en cuenta el carácter antropizado de la zona y la adopción de medidas
protectoras para garantizar la permeabilidad faunística de las infraestructuras y la
protección del encauzamiento, no se esperan efectos sinérgicos y acumulativos por las
infraestructuras presentes y futuras.
En cuanto a los posibles efectos sinérgicos sobre la población y la calidad
atmosférica, el promotor concluye que el conjunto de los proyectos contribuirá a elevar
los niveles de ruido y emisiones, por lo que propone medidas como la colocación de
pantallas acústicas en aquellas zonas donde se superan los valores límite establecidos
en la legislación.
d. Análisis de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto
ante riesgos de accidentes graves o catástrofes.
El promotor analiza los siguientes riesgos:
– Riesgo geológico-geotécnico: En la zona de estudio predominan suelos arcillosos y
margosos poco consolidados, que pueden dar lugar a asientos en el apoyo de
terraplenes y estructuras, así como encharcamientos que originen problemas en el
cimiento de los rellenos.
– Riesgo hidrogeológico: El trazado no afecta al régimen natural de las aguas
subterráneas, aunque la existencia de arcillas saturadas a poca profundidad podría tener
asociado que se produzcan asentamientos de terraplenes en la zona.
– Riesgo sísmico: Según el mapa de peligrosidad sísmica, la zona de estudio
presenta una velocidad de aceleración de 0,11 g, siendo de aplicación la Norma
Sismorresistente. Atendiendo a esta norma, se minimizan las consecuencias sísmicas
sobre el proyecto.
– Riesgo de inundación: El ámbito del proyecto se encuentra afectado por zonas
inundables delimitadas por la lámina de agua de 500 años (T=500). El encauzamiento de
los arroyos Ciriano y Bienquerido minimiza el riesgo de inundación de los terrenos
colindantes al proyecto.
– Riesgo de incendios forestales: No existen masas forestales que puedan ser
significativamente afectadas. El promotor ha elaborado un Plan de Protección de
Incendios.
– Riesgo de vertidos accidentales: Se podrían producir vertidos durante la
construcción y el funcionamiento de la infraestructura. El promotor indica que las
variables ambientales que se pudieran afectar y las posibilidades de extender el vertido
por los cauces son mínimas.
El promotor concluye que las actuaciones consideradas en el proyecto no presentan
efectos significativos sobre los factores estudiados.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que el promotor ha tenido en cuenta los efectos derivados de los posibles
riesgos ante accidentes y catástrofes naturales, no formulando objeciones.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño
del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor)
es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves
y/o catástrofes naturales, la presente resolución recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones
suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano
sustantivo, como órgano competente en esta materia, previa autorización del proyecto.
cve: BOE-A-2025-9373
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 62470
Respecto a las afecciones por sinergias sobre la fauna, el punto más sensible de la
zona de estudio es el encauzamiento del arroyo Bienquerido al actuar como refugio de
fauna. Teniendo en cuenta el carácter antropizado de la zona y la adopción de medidas
protectoras para garantizar la permeabilidad faunística de las infraestructuras y la
protección del encauzamiento, no se esperan efectos sinérgicos y acumulativos por las
infraestructuras presentes y futuras.
En cuanto a los posibles efectos sinérgicos sobre la población y la calidad
atmosférica, el promotor concluye que el conjunto de los proyectos contribuirá a elevar
los niveles de ruido y emisiones, por lo que propone medidas como la colocación de
pantallas acústicas en aquellas zonas donde se superan los valores límite establecidos
en la legislación.
d. Análisis de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto
ante riesgos de accidentes graves o catástrofes.
El promotor analiza los siguientes riesgos:
– Riesgo geológico-geotécnico: En la zona de estudio predominan suelos arcillosos y
margosos poco consolidados, que pueden dar lugar a asientos en el apoyo de
terraplenes y estructuras, así como encharcamientos que originen problemas en el
cimiento de los rellenos.
– Riesgo hidrogeológico: El trazado no afecta al régimen natural de las aguas
subterráneas, aunque la existencia de arcillas saturadas a poca profundidad podría tener
asociado que se produzcan asentamientos de terraplenes en la zona.
– Riesgo sísmico: Según el mapa de peligrosidad sísmica, la zona de estudio
presenta una velocidad de aceleración de 0,11 g, siendo de aplicación la Norma
Sismorresistente. Atendiendo a esta norma, se minimizan las consecuencias sísmicas
sobre el proyecto.
– Riesgo de inundación: El ámbito del proyecto se encuentra afectado por zonas
inundables delimitadas por la lámina de agua de 500 años (T=500). El encauzamiento de
los arroyos Ciriano y Bienquerido minimiza el riesgo de inundación de los terrenos
colindantes al proyecto.
– Riesgo de incendios forestales: No existen masas forestales que puedan ser
significativamente afectadas. El promotor ha elaborado un Plan de Protección de
Incendios.
– Riesgo de vertidos accidentales: Se podrían producir vertidos durante la
construcción y el funcionamiento de la infraestructura. El promotor indica que las
variables ambientales que se pudieran afectar y las posibilidades de extender el vertido
por los cauces son mínimas.
El promotor concluye que las actuaciones consideradas en el proyecto no presentan
efectos significativos sobre los factores estudiados.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que el promotor ha tenido en cuenta los efectos derivados de los posibles
riesgos ante accidentes y catástrofes naturales, no formulando objeciones.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño
del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor)
es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves
y/o catástrofes naturales, la presente resolución recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones
suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano
sustantivo, como órgano competente en esta materia, previa autorización del proyecto.
cve: BOE-A-2025-9373
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115