Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9703)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica "Pagos de Sierra", y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Huelva».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Viernes 16 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 64018

energía generada mediante una red de media tensión (MT) subterránea de 30 kV, junto
con una línea aérea de alta tensión (LAAT) a 220 kV que conectará la SE Pagos de
Sierra con la SE de transporte «Puebla de Guzmán», propiedad de Red Eléctrica
de España (REE) punto de acceso y conexión a la red. La LAAT, de categoría especial y
un solo circuito, tiene una longitud total de 26.938 m, 110 apoyos metálicos de celosía y
se emplaza en los TTMM de Paymogo (9.598,7 m) y Puebla de Guzmán (17.339,78 m),
ambos en la provincia de Huelva. El promotor estima una servidumbre de vuelo de 30 m.
Se prevé que las obras se desarrollen en doce meses. La vida útil la PSFV se estima
entre 35 y 40 años, si bien, al término de ese período, los encargados del mantenimiento
de la planta valorarán su estado y se decidirá si el periodo de funcionamiento se
extiende 5 o 10 años más.
Como resultado de la información pública y a partir del análisis realizado, el promotor
modifica el proyecto en respuesta a las recomendaciones realizadas en relación con la
avifauna y protección de la biodiversidad, e incorpora las restricciones establecidas por
el organismo autonómico competente en medio ambiente, excluyendo las áreas con
pendientes superiores al 20 % por no ser aptas para la ubicación de infraestructuras.
Asimismo, se incorporan las recomendaciones del Servicio de Gestión del Dominio
Público Hidráulico de las Cuencas Atlánticas de la Junta de Andalucía, para evitar la
afección a cauces.
La nueva propuesta o modificación del proyecto presentada por el promotor se alinea
con el parcelario inicial evaluado en el EsIA; si bien, por una parte, se elimina de la
implantación un área al oeste de unas 34 ha y por otra, para compensarlo, se plantea
la posible incorporación de una ampliación al sur de una superficie de unas 18,4 ha, si en
el momento de la instalación la tecnología no permitiera utilizar placas solares que
generaran la misma energía con menor superficie.
La PSFV no varía en potencia pico ni nominal y los paneles también se instalan, al
igual que en la propuesta inicial, sobre seguidores a un eje. Si bien, el número previsto
de módulos será menor, 290.836, con una potencia unitaria superior de 725 Wp. Esto
permite una reducción de la superficie de la PSFV, que, además de la redistribución,
pasa a ocupar 269 ha, frente a las 289 iniciales. Cuenta con un vallado perimetral
de 32.794 m.
Las características de la SE y de la LAAT no varían con respecto a la versión que fue
expuesta públicamente, tampoco la duración prevista para las obras ni la vida útil de
la PSFV.
Esta resolución no se pronuncia acerca de la posible nueva superficie de
implantación de unas 18,4 ha propuesta por el promotor, como compensación por el área
eliminada, puesto que dicha superficie no se integra en el EsIA, ni ha sido sometida
a información pública y consultas.
Tramitación del procedimiento

De acuerdo con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental y la legislación sectorial, con fecha 21 de junio de 2024, se publica en el BOE,
el anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huelva,
por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa
previa y de declaración de impacto ambiental del proyecto. Con fecha 8 de julio de 2024,
el mismo anuncio se publica en el «Boletín Oficial de la Provincia de Huelva» (BOP).
Asimismo, se da acceso a través de internet durante más de 90 días a la documentación,
a través de la página web de la Delegación del Gobierno en Andalucía.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 37 de la Ley de evaluación ambiental y
la legislación sectorial, de forma simultánea a la exposición pública, el órgano sustantivo
da traslado de la información correspondiente a las administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general, por resultar afectadas por
el proyecto en cuanto a bienes y derechos a su cargo, o por su competencia o interés a
efectos del proceso de evaluación ambiental.

cve: BOE-A-2025-9703
Verificable en https://www.boe.es

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