Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-9801)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se publica la prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión con la Comunidad de Usuarios de la masa de agua subterránea «Campo de Calatrava».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64554
encomienda de gestión a la Comunidad de Usuarios Campo de Calatrava, para el
ejercicio de las funciones de comprobación de las instalaciones de medición y precintado
de las mismas en las captaciones de aguas subterráneas en el ámbito territorial propio
de dicha comunidad, suscrita el 18 de marzo de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula séptima de la referida encomienda de gestión en la que se fija el
plazo de vigencia se establece que, ésta tendrá una duración de cuatro años, contados a
partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y podrá prorrogarse
por periodos sucesivos por mutuo acuerdo entre las dos partes.
Tercero.
Por lo que antecede, y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben la prórroga
expresa de la encomienda de gestión con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Prorrogar expresamente la Encomienda de Gestión entre la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, OA, y la Comunidad de Usuarios «Campo de Calatrava»,
para el ejercicio de las funciones de comprobación de las instalaciones de medición y
precintado de las mismas en las captaciones de aguas subterráneas en el ámbito
territorial propio de dicha comunidad, suscrita el 18 de marzo de 2021 (BOE n.º 94, de 20
de abril), en las mismas condiciones.
Segundo.
Actualizar las referencias normativas, de forma que las referencias en la encomienda
a la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para
realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos
de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público
hidráulico y de los vertidos al mismo y derogada el 1 de noviembre de 2024 se actualizan
a la nueva Orden TED/1191/2024, de 24 de octubre, por la que se regulan los sistemas
electrónicos de control de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de
agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico.
Tercero.
Vigencia y efectos.
Y en prueba de conformidad, se suscribe la presente prórroga.–El Presidente de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, Samuel Moraleda Ludeña.–La Presidenta
de la Comunidad de Usuarios de la masa de agua subterránea Campo de Calatrava,
María de las Nieves Molina Roldán.
cve: BOE-A-2025-9801
Verificable en https://www.boe.es
La presente prórroga de la encomienda de gestión entre la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, OA, y la Comunidad de Usuarios de la Masa de Agua
Subterránea Campo de Calatrava, tendrá efectos desde el día 21 de abril de 2025 por un
plazo de cuatro años.
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64554
encomienda de gestión a la Comunidad de Usuarios Campo de Calatrava, para el
ejercicio de las funciones de comprobación de las instalaciones de medición y precintado
de las mismas en las captaciones de aguas subterráneas en el ámbito territorial propio
de dicha comunidad, suscrita el 18 de marzo de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula séptima de la referida encomienda de gestión en la que se fija el
plazo de vigencia se establece que, ésta tendrá una duración de cuatro años, contados a
partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y podrá prorrogarse
por periodos sucesivos por mutuo acuerdo entre las dos partes.
Tercero.
Por lo que antecede, y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben la prórroga
expresa de la encomienda de gestión con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Prorrogar expresamente la Encomienda de Gestión entre la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, OA, y la Comunidad de Usuarios «Campo de Calatrava»,
para el ejercicio de las funciones de comprobación de las instalaciones de medición y
precintado de las mismas en las captaciones de aguas subterráneas en el ámbito
territorial propio de dicha comunidad, suscrita el 18 de marzo de 2021 (BOE n.º 94, de 20
de abril), en las mismas condiciones.
Segundo.
Actualizar las referencias normativas, de forma que las referencias en la encomienda
a la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para
realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos
de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público
hidráulico y de los vertidos al mismo y derogada el 1 de noviembre de 2024 se actualizan
a la nueva Orden TED/1191/2024, de 24 de octubre, por la que se regulan los sistemas
electrónicos de control de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de
agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico.
Tercero.
Vigencia y efectos.
Y en prueba de conformidad, se suscribe la presente prórroga.–El Presidente de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, Samuel Moraleda Ludeña.–La Presidenta
de la Comunidad de Usuarios de la masa de agua subterránea Campo de Calatrava,
María de las Nieves Molina Roldán.
cve: BOE-A-2025-9801
Verificable en https://www.boe.es
La presente prórroga de la encomienda de gestión entre la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, OA, y la Comunidad de Usuarios de la Masa de Agua
Subterránea Campo de Calatrava, tendrá efectos desde el día 21 de abril de 2025 por un
plazo de cuatro años.