Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-9809)
Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia y seguridad, hecho «ad referendum» en Madrid el 16 de septiembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Lunes 19 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 64599

Las disposiciones de este convenio no afectaran al cumplimiento de las
disposiciones de otros acuerdos o compromisos internacionales bilaterales o
multilaterales, asumidos por el Reino de España y por la República de Colombia.
Artículo 12.
Las modalidades prácticas y los términos de la asistencia y la cooperación, que se
realicen con arreglo a los ámbitos previstos en el presente convenio, podrán ser objeto
de desarrollo mediante acuerdos administrativos adicionales, que firmaran los órganos
competentes de los respectivos Ministerios, debidamente autorizados para ello.
Artículo 13.
El presente convenio entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción
de la última notificación intercambiada a través de los canales diplomáticos, mediante la
cual las Partes se comuniquen por escrito el cumplimiento de sus requisitos legales
necesarios para tal efecto.
El presente convenio se estipula por tiempo indefinido y seguirá vigente mientras una
de las dos Partes no lo denuncie por vía diplomática. En este caso, el convenio dejará de
ser válido a los seis meses de la recepción de la nota de denuncia por cualquiera de las
Partes, en el entendimiento de que ésta no afectara la ejecución de las obligaciones
asumidas por las Partes durante su vigencia y hasta su efectiva finalización, salvo
acuerdo en contrario.
En fe de lo cual, los representantes de ambos Estados, autorizados a dicho efecto
por sus respectivos Gobiernos, firman el presente convenio.
Hecho en la ciudad de Madrid el 16 de septiembre del dos mil veintiuno, en dos
ejemplares originales, en idioma español, siendo igualmente válidos.
Por el Reino de España, a.r.

Por la República de Colombia

Pedro Sánchez Pérez-Castejón
Presidente del Gobierno

Iván Duque Márquez
Presidente de la República de Colombia

* * *
El presente convenio entró en vigor el 13 de julio de 2023, treinta días después de la
fecha de recepción de la última notificación intercambiada a través de los canales
diplomáticos, mediante la cual las Partes se comunicaron por escrito el cumplimiento de
sus requisitos legales necesarios, según se establece en su artículo 13.

cve: BOE-A-2025-9809
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 8 de mayo de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X