Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Traspaso de funciones y servicios. (BOE-A-2025-9887)
Real Decreto 394/2025, de 13 de mayo, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de ordenación y gestión del litoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Lunes 19 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 65289

Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de
Galicia una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, así
como los certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas por los mismos
durante 2025.
3. En el supuesto de que fuera necesario introducir correcciones o rectificaciones
en la citada relación se llevarán a cabo, previa constatación por ambas Administraciones,
mediante certificación expedida por la Comisión Mixta de Transferencias.
G)

Valoración de las cargas financieras correspondientes al traspaso.

1. La valoración provisional, en valores del año base 2007, que corresponde al
coste efectivo anual de las funciones y servicios que se traspasan a la Comunidad
Autónoma de Galicia se eleva a 892.917,59 euros, condicionada a lo establecido en el
Acuerdo complementario número 2.
Dicha valoración será objeto de revisión en los términos establecidos en el
artículo 21.1 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de
financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto
de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
2. La financiación, en euros de 2025, que corresponde al coste efectivo anual de
las funciones y servicios traspasados, se detalla en la relación adjunta número 3,
condicionada a lo establecido en el Acuerdo complementario número 2.
3. Transitoriamente, hasta tanto se produzca la revisión del Fondo de Suficiencia
Global como consecuencia de la incorporación al mismo del coste efectivo de este
traspaso, este coste se financiará mediante la consolidación en la Sección 38 de los
Presupuestos Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes
de dicho coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los
mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos.
4. Con carácter adicional, se transfiere a la Comunidad Autónoma de Galicia, por
una sola vez y sin integrarse en el coste efectivo anual, la cantidad de 687.332,90 euros.
H)

Documentación y expedientes de las funciones y servicios que se traspasan.

La entrega de la documentación y expedientes de los bienes y servicios que se
traspasan se realizará con anterioridad a la fecha de efectividad de este acuerdo.
I) Fecha de efectividad del traspaso.
El traspaso de funciones y servicios objeto de este acuerdo tendrá efectividad a partir
del día 1 de julio de 2025.

cve: BOE-A-2025-9887
Verificable en https://www.boe.es

Y para que conste, se expide la presente certificación en Santiago de Compostela,
a 9 de abril de 2025.–Los Secretarios de la Comisión Mixta, Jorge García Carreño y
Guillermo Folgueral Madrigal.