Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-9910)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de ayudas para mujeres víctimas de violencia de género para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65423
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
9910
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de
ayudas para mujeres víctimas de violencia de género para el año 2025.
1.
Objeto de las ayudas
La presente convocatoria tiene por objeto conceder una ayuda económica a la mujer
víctima de violencia de género perteneciente al colectivo de MUFACE, para compensar
el perjuicio económico derivado de la situación de violencia sufrida que haya tenido que
sufragar a lo largo del periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de
octubre de 2025. El importe de la ayuda se incrementará en la misma cuantía por cada
cve: BOE-A-2025-9910
Verificable en https://www.boe.es
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, que entró en vigor el 28 de enero de 2005, trata de
atender las recomendaciones de los organismos internacionales en el sentido de
proporcionar una respuesta global a la violencia que se ejerce sobre las mujeres.
Conforme establece el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, esta
ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la
discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres
sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus
cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia.
Por esta ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir,
sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos e hijas
y a los menores sujetos a su tutela o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.
La violencia de género a que se refiere esta ley también comprende la violencia con
el objetivo de causar perjuicio o daños a las mujeres que se ejerza sobre sus familiares o
allegados menores de edad por parte de las personas que sean o hayan sido sus
cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia.
Con fecha 5 de julio de 2021 se firmó el Convenio entre la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género y MUFACE para definir un entorno de colaboración para el
desarrollo conjunto de actuaciones en materia de violencia de género contra las mujeres
entre el colectivo de mutualistas y sus personas beneficiarias en el ámbito de MUFACE.
Posteriormente, por Resolución de 23 de noviembre de 2024 de la Subsecretaría se
publicó la adenda de modificación al convenio por la que el Ministerio de Igualdad
contribuiría económicamente, mediante la cantidad de 1.500.000 euros, según el
desglose de 500.000 euros para los años 2023, 2024 y 2025, a la financiación de una
nueva prestación específica para las mujeres mutualistas víctimas de violencia de
género, que estaría dentro del conjunto de las prestaciones sociales concedidas por
MUFACE y en los términos establecidos en las convocatorias que se desarrollaran para
la concesión de este tipo de ayuda.
Esta prestación tiene su encaje en el marco de los Programas Sociosanitarios que se
encuentran regulados en el artículo 135 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.
En virtud de todo lo expuesto, se aprueba la presente resolución de convocatoria de
ayudas con el detalle que se expone a continuación.
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65423
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
9910
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de
ayudas para mujeres víctimas de violencia de género para el año 2025.
1.
Objeto de las ayudas
La presente convocatoria tiene por objeto conceder una ayuda económica a la mujer
víctima de violencia de género perteneciente al colectivo de MUFACE, para compensar
el perjuicio económico derivado de la situación de violencia sufrida que haya tenido que
sufragar a lo largo del periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de
octubre de 2025. El importe de la ayuda se incrementará en la misma cuantía por cada
cve: BOE-A-2025-9910
Verificable en https://www.boe.es
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, que entró en vigor el 28 de enero de 2005, trata de
atender las recomendaciones de los organismos internacionales en el sentido de
proporcionar una respuesta global a la violencia que se ejerce sobre las mujeres.
Conforme establece el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, esta
ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la
discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres
sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus
cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia.
Por esta ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir,
sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos e hijas
y a los menores sujetos a su tutela o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.
La violencia de género a que se refiere esta ley también comprende la violencia con
el objetivo de causar perjuicio o daños a las mujeres que se ejerza sobre sus familiares o
allegados menores de edad por parte de las personas que sean o hayan sido sus
cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia.
Con fecha 5 de julio de 2021 se firmó el Convenio entre la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género y MUFACE para definir un entorno de colaboración para el
desarrollo conjunto de actuaciones en materia de violencia de género contra las mujeres
entre el colectivo de mutualistas y sus personas beneficiarias en el ámbito de MUFACE.
Posteriormente, por Resolución de 23 de noviembre de 2024 de la Subsecretaría se
publicó la adenda de modificación al convenio por la que el Ministerio de Igualdad
contribuiría económicamente, mediante la cantidad de 1.500.000 euros, según el
desglose de 500.000 euros para los años 2023, 2024 y 2025, a la financiación de una
nueva prestación específica para las mujeres mutualistas víctimas de violencia de
género, que estaría dentro del conjunto de las prestaciones sociales concedidas por
MUFACE y en los términos establecidos en las convocatorias que se desarrollaran para
la concesión de este tipo de ayuda.
Esta prestación tiene su encaje en el marco de los Programas Sociosanitarios que se
encuentran regulados en el artículo 135 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.
En virtud de todo lo expuesto, se aprueba la presente resolución de convocatoria de
ayudas con el detalle que se expone a continuación.