Ministerio de Juventud E Infancia. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9911)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Derechos de la Infancia y Adolescencia, por la que se publica el Convenio con la Confederación Autismo España, para el desarrollo y puesta en marcha de acciones en favor de niños, niñas y jóvenes con TEA y sus familias en diferentes áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65431
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
9911
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Derechos
la Infancia y Adolescencia, por la que se publica el Convenio con
Confederación Autismo España, para el desarrollo y puesta en marcha
acciones en favor de niños, niñas y jóvenes con TEA y sus familias
diferentes áreas de interés común.
de
la
de
en
Con fecha 5 de mayo de 2025 se ha suscrito el convenio entre el Ministerio de
Juventud e Infancia y con la Confederación Autismo España, para el desarrollo y puesta
en marcha de acciones en favor de niños, niñas y jóvenes con TEA y sus familias en
diferentes áreas de interés común.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta
resolución.
Madrid, 14 de mayo de 2025.–La Directora General de Derechos de la Infancia y
Adolescencia, Sandra Gómez de Garmendia Cuetos.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Juventud e Infancia y la Confederación Autismo
España, para el desarrollo y puesta en marcha de acciones en favor de niños,
niñas y jóvenes con TEA y sus familias en diferentes áreas de interés común
REUNIDOS
De una parte, doña Sira Abed Rego en nombre y representación del Ministerio de
Juventud e Infancia en su condición de Ministra, cargo para el que fue nombrada por el
Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del
Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Pedro Ugarte Vera, presidente de la Confederación Autismo
España (en adelante, Autismo España), en virtud de la resolución de inscripción de
titulares de la Junta directiva u órgano de representación en el registro nacional de
Asociaciones con fecha de 2 de octubre de 2024 del Ministerio del Interior, con CIF
G-80834443 y con domicilio social en la calle Garibay 7, 3.º izq. 28007 Madrid, inscrita
en el Registro Nacional de Asociaciones, sección 2, número nacional 1621.
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Juventud e Infancia es el Departamento encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de juventud y de protección
de las personas menores de edad de acuerdo con el Real Decreto 829/2023, de 20 de
noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Para ello,
desarrolla diversas actuaciones entre las cuales se encuentran la creación de políticas
cve: BOE-A-2025-9911
Verificable en https://www.boe.es
En nombre de las instituciones a las que representan se reconocen mutuamente
plena capacidad jurídica para la suscripción del presente convenio y, a tal fin,
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65431
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
9911
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Derechos
la Infancia y Adolescencia, por la que se publica el Convenio con
Confederación Autismo España, para el desarrollo y puesta en marcha
acciones en favor de niños, niñas y jóvenes con TEA y sus familias
diferentes áreas de interés común.
de
la
de
en
Con fecha 5 de mayo de 2025 se ha suscrito el convenio entre el Ministerio de
Juventud e Infancia y con la Confederación Autismo España, para el desarrollo y puesta
en marcha de acciones en favor de niños, niñas y jóvenes con TEA y sus familias en
diferentes áreas de interés común.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta
resolución.
Madrid, 14 de mayo de 2025.–La Directora General de Derechos de la Infancia y
Adolescencia, Sandra Gómez de Garmendia Cuetos.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Juventud e Infancia y la Confederación Autismo
España, para el desarrollo y puesta en marcha de acciones en favor de niños,
niñas y jóvenes con TEA y sus familias en diferentes áreas de interés común
REUNIDOS
De una parte, doña Sira Abed Rego en nombre y representación del Ministerio de
Juventud e Infancia en su condición de Ministra, cargo para el que fue nombrada por el
Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del
Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Pedro Ugarte Vera, presidente de la Confederación Autismo
España (en adelante, Autismo España), en virtud de la resolución de inscripción de
titulares de la Junta directiva u órgano de representación en el registro nacional de
Asociaciones con fecha de 2 de octubre de 2024 del Ministerio del Interior, con CIF
G-80834443 y con domicilio social en la calle Garibay 7, 3.º izq. 28007 Madrid, inscrita
en el Registro Nacional de Asociaciones, sección 2, número nacional 1621.
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Juventud e Infancia es el Departamento encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de juventud y de protección
de las personas menores de edad de acuerdo con el Real Decreto 829/2023, de 20 de
noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Para ello,
desarrolla diversas actuaciones entre las cuales se encuentran la creación de políticas
cve: BOE-A-2025-9911
Verificable en https://www.boe.es
En nombre de las instituciones a las que representan se reconocen mutuamente
plena capacidad jurídica para la suscripción del presente convenio y, a tal fin,