Ministerio de Juventud E Infancia. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9911)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Derechos de la Infancia y Adolescencia, por la que se publica el Convenio con la Confederación Autismo España, para el desarrollo y puesta en marcha de acciones en favor de niños, niñas y jóvenes con TEA y sus familias en diferentes áreas de interés común.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Lunes 19 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 65432

de apoyo a la infancia y la juventud; la colaboración con otros países para la mejora del
bienestar de niños, niñas y adolescentes; el desarrollo de normativa para garantizar la
seguridad de los menores en el ámbito digital; así como la colaboración con las
comunidades autónomas para la mejora de la acogida de niños, niñas y adolescentes en
situación de desamparo incluyendo a los menores migrantes no acompañados.
El Ministerio de Juventud e Infancia es una institución comprometida con todas las
realidades sociales de los niños, niñas y jóvenes, trabajando para garantizar su
bienestar, desarrollo integral e igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la
sociedad.
Es por ello por lo que, en cumplimiento de su compromiso y responsabilidad, el
Ministerio de Juventud e Infancia desarrolla y promueve actividades de información,
campañas de concienciación y acciones formativas para reforzar la igualdad de
oportunidades y la no discriminación. En este sentido, impulsa iniciativas que favorecen
la promoción de la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político,
social, económico y cultural, fomentando la coordinación con otros departamentos
ministeriales y Administraciones públicas para mejorar el acceso a todos los recursos
disponibles.
Segundo.
Que la Confederación Autismo España, es una organización de utilidad pública en
virtud de la Orden INT/1995/2003, de 28 de mayo, por la que se declaran de «utilidad
pública» a diversas asociaciones, constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002,
de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y normas complementarias, con
personalidad jurídica y capacidad de obrar. Autismo España es una confederación
estatal que representa a 187 entidades del tercer sector de acción social promovidas por
familiares de personas con trastornos de espectro del autismo (en adelante, TEA), que
facilitan apoyos y servicios específicos y especializados para personas con este tipo de
trastornos y sus familias.
Su misión es apoyar a las personas con TEA y sus familias, promoviendo la
reivindicación y el ejercicio efectivo de sus derechos, con el propósito de favorecer su
calidad de vida y conseguir la igualdad de oportunidades.
Para ello representa institucionalmente al colectivo que agrupa; apoya el desarrollo
de sus entidades confederadas y promueve, coordina y lleva a cabo en el ámbito estatal
acciones de defensa del colectivo, de sensibilización e investigación, de desarrollo e
implantación de modelos organizacionales e intervenciones basadas en el conocimiento
científico y la buena práctica; así como iniciativas que favorezcan la inclusión y
participación social, la formación y el asesoramiento de profesionales, familias y
personas con TEA.

Que el Ministerio de Juventud e Infancia y la Confederación Autismo España
reconocen que la realización de actividades conjuntas es el instrumento idóneo para
facilitar la inclusión social de las personas TEA.
A través de estas iniciativas, se busca dar visibilidad a los problemas que les afectan
en su día a día y concienciar sobre la importancia de una detección precoz, fundamental
para mejorar su calidad de vida y favorecer su desarrollo en igualdad de oportunidades.
Asimismo, es esencial continuar impulsando campañas de sensibilización,
actividades y medidas concretas que permitan avanzar hacia una inclusión real, en la
que se eliminen barreras y se fomente una sociedad más accesible y equitativa para
todas las personas.

cve: BOE-A-2025-9911
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.