Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9881)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, relativa al III Convenio colectivo de ámbito estatal de la industria de producción audiovisual (técnicos).
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Lunes 19 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 65231

Fundamentos de Derecho
Primero y único.
De conformidad con lo establecido en el artículo 166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre, reguladora de la jurisdicción social, cuando la sentencia sea anulatoria, en todo
o en parte, del convenio colectivo impugnado y éste hubiera sido publicado, también se
publicará en el Boletín Oficial en que aquél se hubiere insertado.
En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de dicha Sentencia de la Audiencia Nacional de 21 de abril
de 2025, recaída en los procedimientos acumulados n.º 13/2025 y 78/2025, y relativa al
III Convenio colectivo de ámbito estatal de la industria de producción audiovisual
(técnicos) –Código de convenio n.º 99012985012002–, publicado en el «Boletín Oficial
del Estado» de 6 de abril de 2024, en el correspondiente Registro de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad dependiente de este
Centro Directivo con funcionamiento a través de medios electrónicos.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
Letrada de la Administración de Justicia D.ª Marta Jaureguizar Serrano

Fecha de Juicio: 27/03/2025.
Fecha Sentencia: 21/04/2025.
Tipo y núm. Procedimiento: Impugnación De Convenios 0000013/2025.
Proc. Acumulados: 78/2025.
Materia: Impug.Convenios.
Ponente: D.ª Ana Sancho Aranzasti.
Demandante/s: Confederación General del Trabajo (CGT), y Sindicato de Técnicos
Audiovisuales y Cinematográficos Españoles (TACE).
Demandado/s: Asociación Estatal de Cine (AECINE), Asociación de Productoras de
Cine Publicitario (APCP), Productoras Independientes Audiovisuales Federadas (PIAF),
Productors Audiovisuals Federats (PROA), Productoras Españolas de Audiovisual
Internacional (PROFILM), Federación Española de Asociaciones de Productores de
Animación y VFX (DIBOOS), Productoras Asociadas de Televisión de España –PATE–,
FSC-CC.OO, CSIF.
Partes Interesadas: UGT, Asociación de Autores Literarios de Medios Audiovisuales
Sindicato Alma, Foro de Asociaciones de Guionistas Audiovisual (FAGA).
Ministerio Fiscal.
Resolución de la Sentencia: Estimatoria parcial.
Breve Resumen de la Sentencia: La Audiencia Nacional estima parcialmente la
demanda interpuesta por el sindicato TACE en impugnación del III Convenio colectivo de
ámbito estatal de la industria de producción audiovisual, declarando nulo por ilegalidad el

cve: BOE-A-2025-9881
Verificable en https://www.boe.es

Sentencia n.º: 56/2025