Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-9889)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Comunidad de Regantes de Ulldecona, para la entrega, mantenimiento y explotación de las obras de regeneración y puesta en explotación del sondeo Molí Roca I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65303
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9889
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con
la Comunidad de Regantes de Ulldecona, para la entrega, mantenimiento y
explotación de las obras de regeneración y puesta en explotación del sondeo
Molí Roca I.
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Comunidad de Regantes de Ulldecona
han suscrito, con fecha 11 de abril de 2025, en la ciudad de Valencia, el convenio de
encomienda de gestión de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro de Convenios y Encomiendas del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que
figura como anexo a esta resolución.
Valencia, 8 de mayo de 2025.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio de encomienda de gestión entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
y la Comunidad de Regantes de Ulldecona (Tarragona) para la entrega, mantenimiento
y explotación de las obras de regeneración y puesta en explotación del sondeo Molí
Roca I, declaradas de emergencia por Resolución de la Presidencia de la CHJ
de fecha 5 de julio de 2024
En Valencia, a 11 de abril de 2025.
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, Presidente de la Confederación Hidrográfica
del Júcar, con NIF Q4617001E, Organismo Autónomo adscrito, a efectos administrativos
al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de
nombramiento del Secretario de Estado de Medio Ambiente (toma de posesión de 2 de
febrero de 2021), en ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 30 del Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Aguas (en adelante TRLA), en relación a las funciones y atribuciones que los
artículos 23 y 24 del mismo les atribuyen a los Organismos de Cuenca, y facultado para
la firma del presente convenio por disposición del artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, Régimen Jurídico del Sector Público.
Y don Agustí Ángel Verdiell Sola, Presidente nombrado en la sesión ordinaria del
Sindicato de Aguas de 26 de junio de 2024, identificado electrónicamente mediante el
correspondiente certificado de firma electrónica, en nombre y representación de la
Comunidad de Regantes de Ulldecona, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
art.221 del Real Decreto 849/1986, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico y el art.18.3 del Reglamento del Sindicato de Aguas de la Comunidad
de Regantes de Ulldecona.
cve: BOE-A-2025-9889
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65303
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9889
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con
la Comunidad de Regantes de Ulldecona, para la entrega, mantenimiento y
explotación de las obras de regeneración y puesta en explotación del sondeo
Molí Roca I.
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Comunidad de Regantes de Ulldecona
han suscrito, con fecha 11 de abril de 2025, en la ciudad de Valencia, el convenio de
encomienda de gestión de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro de Convenios y Encomiendas del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que
figura como anexo a esta resolución.
Valencia, 8 de mayo de 2025.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio de encomienda de gestión entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
y la Comunidad de Regantes de Ulldecona (Tarragona) para la entrega, mantenimiento
y explotación de las obras de regeneración y puesta en explotación del sondeo Molí
Roca I, declaradas de emergencia por Resolución de la Presidencia de la CHJ
de fecha 5 de julio de 2024
En Valencia, a 11 de abril de 2025.
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, Presidente de la Confederación Hidrográfica
del Júcar, con NIF Q4617001E, Organismo Autónomo adscrito, a efectos administrativos
al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de
nombramiento del Secretario de Estado de Medio Ambiente (toma de posesión de 2 de
febrero de 2021), en ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 30 del Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Aguas (en adelante TRLA), en relación a las funciones y atribuciones que los
artículos 23 y 24 del mismo les atribuyen a los Organismos de Cuenca, y facultado para
la firma del presente convenio por disposición del artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, Régimen Jurídico del Sector Público.
Y don Agustí Ángel Verdiell Sola, Presidente nombrado en la sesión ordinaria del
Sindicato de Aguas de 26 de junio de 2024, identificado electrónicamente mediante el
correspondiente certificado de firma electrónica, en nombre y representación de la
Comunidad de Regantes de Ulldecona, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
art.221 del Real Decreto 849/1986, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico y el art.18.3 del Reglamento del Sindicato de Aguas de la Comunidad
de Regantes de Ulldecona.
cve: BOE-A-2025-9889
Verificable en https://www.boe.es
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