Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-9889)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Comunidad de Regantes de Ulldecona, para la entrega, mantenimiento y explotación de las obras de regeneración y puesta en explotación del sondeo Molí Roca I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65304
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que las obras correspondientes a la «Regeneración y puesta en explotación del
sondeo Molí Roca I, Ulldecona (Tarragona)» fueron declaradas de emergencia por la
Resolución de la Presidencia de la CHJ de fecha 5 de julio de 2024, por la situación de
sequía extraordinaria existente en el Sistema Cenia-Maestrazgo. Esta situación requiere
el aporte de recursos subterráneos a los sistemas de riego de la Comunidad de
Regantes de Ulldecona, que permita asegurar un riego mínimo de las plantaciones
arbóreas existentes y, en caso de ser necesario, aportar recursos para garantizar el
abastecimiento a la población de Ulldecona.
Segundo.
Que el presente convenio es la continuación del «Protocolo General de Actuación
entre la Confederación Hidrográfica del Júcar O.A. y la Comunidad de Regantes de
Ulldecona (Tarragona) para la ejecución, entrega y mantenimiento de las obras a realizar
en el entorno de Moli Roca I, en el marco de la situación de sequía extraordinaria
declarada en la Demarcación Hidrográfica del Júcar, por la Resolución de Presidencia de
la CHJ de fecha 14 de marzo de 2024». En dicho Protocolo, formalizado a fecha 24 de
julio de 2024, se desarrollaron las intenciones y actuaciones a realizar de cada parte
para la ejecución de las obras de «Regeneración y puesta en explotación del sondeo
Molí Roca I», y en especial, los mecanismos para la futura conservación, mantenimiento
y explotación de las obras una vez finalizadas. Posteriormente a la firma del acta de
recepción de las obras, este convenio se formaliza con la firma de ambas partes.
Tercero.
Que a la CHJ le corresponde, en el ámbito de su Demarcación Hidrográfica, la
administración y protección del dominio público hidráulico, así como el proyecto, la
construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del
Organismo y las que les sean encomendadas por el Estado. (artículo 23 del texto
refundido de la Ley de Aguas).
Cuarto.
Que a la Comunidad de Regantes de Ulldecona le corresponden, entre otras, las
competencias en materia de uso y aprovechamiento de los bienes del dominio público
hidráulico, según lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y según lo
dispuesto en base a sus estatutos y las ordenanzas municipales.
Que las obras, correspondientes a la regeneración y puesta en explotación del
sondeo Molí Roca I, Ulldecona (Tarragona), han sido recibidas por la Administración el 1
de abril de 2025 con un presupuesto total de trescientos ochenta y cuatro mil setecientos
cuarenta y tres euros con cuarenta céntimos de euro (384.743,40 euros), IVA incluido.
Sexto.
Que el artículo 11 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP)
establece que, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia
cve: BOE-A-2025-9889
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65304
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que las obras correspondientes a la «Regeneración y puesta en explotación del
sondeo Molí Roca I, Ulldecona (Tarragona)» fueron declaradas de emergencia por la
Resolución de la Presidencia de la CHJ de fecha 5 de julio de 2024, por la situación de
sequía extraordinaria existente en el Sistema Cenia-Maestrazgo. Esta situación requiere
el aporte de recursos subterráneos a los sistemas de riego de la Comunidad de
Regantes de Ulldecona, que permita asegurar un riego mínimo de las plantaciones
arbóreas existentes y, en caso de ser necesario, aportar recursos para garantizar el
abastecimiento a la población de Ulldecona.
Segundo.
Que el presente convenio es la continuación del «Protocolo General de Actuación
entre la Confederación Hidrográfica del Júcar O.A. y la Comunidad de Regantes de
Ulldecona (Tarragona) para la ejecución, entrega y mantenimiento de las obras a realizar
en el entorno de Moli Roca I, en el marco de la situación de sequía extraordinaria
declarada en la Demarcación Hidrográfica del Júcar, por la Resolución de Presidencia de
la CHJ de fecha 14 de marzo de 2024». En dicho Protocolo, formalizado a fecha 24 de
julio de 2024, se desarrollaron las intenciones y actuaciones a realizar de cada parte
para la ejecución de las obras de «Regeneración y puesta en explotación del sondeo
Molí Roca I», y en especial, los mecanismos para la futura conservación, mantenimiento
y explotación de las obras una vez finalizadas. Posteriormente a la firma del acta de
recepción de las obras, este convenio se formaliza con la firma de ambas partes.
Tercero.
Que a la CHJ le corresponde, en el ámbito de su Demarcación Hidrográfica, la
administración y protección del dominio público hidráulico, así como el proyecto, la
construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del
Organismo y las que les sean encomendadas por el Estado. (artículo 23 del texto
refundido de la Ley de Aguas).
Cuarto.
Que a la Comunidad de Regantes de Ulldecona le corresponden, entre otras, las
competencias en materia de uso y aprovechamiento de los bienes del dominio público
hidráulico, según lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y según lo
dispuesto en base a sus estatutos y las ordenanzas municipales.
Que las obras, correspondientes a la regeneración y puesta en explotación del
sondeo Molí Roca I, Ulldecona (Tarragona), han sido recibidas por la Administración el 1
de abril de 2025 con un presupuesto total de trescientos ochenta y cuatro mil setecientos
cuarenta y tres euros con cuarenta céntimos de euro (384.743,40 euros), IVA incluido.
Sexto.
Que el artículo 11 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP)
establece que, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia
cve: BOE-A-2025-9889
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.