Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9891)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos IV Híbrido, de 28,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente Escuderos IV, de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Lunes 19 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 65323

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9891

Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos IV
Híbrido, de 28,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente
Escuderos IV, de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de
Cuenca».

Con fecha 11 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Módulo de generación eólica Escuderos IV Híbrido, de 28,8 MW de potencia instalada y
su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente
Escuderos IV de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de Cuenca», en los
términos municipales de Montalbo, Palomares del Campo y Torrejoncillo del Rey,
promovido por Elawan Fotovoltaica Escuderos 4, SL, al amparo del artículo 22 del Real
Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y
a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación del expediente por el promotor, se verifica que el proyecto reúne
los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decretoley 20/2022.
El proyecto consiste en un parque eólico, denominado Escuderos IV Híbrido, de 28,8
MW de potencia instalada, que hibridará con la planta solar fotovoltaica Escuderos IV
de 48,29 MW de potencia instalada. El parque está compuesto por cuatro
aerogeneradores de 7,2 MW de potencia unitaria, con un diámetro de rotor de 172 m,
montados sobre torres tubulares cónicas de acero de 125 m de altura, con una altura
de 211 m en punta de pala. La infraestructura de evacuación corresponde a una línea
eléctrica aerosubterránea a 30 kV de 18,90 km de longitud, en la que mayor parte de
trazado corresponde a tramos subterráneos y únicamente contará con un tramo aéreo
de 171 m, en el cruce del trasvase Tajo-Segura. Esta línea partirá de los centros de
transformación de los aerogeneradores hasta la subestación existente Torrejoncillo del
Rey 132/30 kV. El resto de la infraestructura de evacuación, desde la subestación
eléctrica mencionada, hasta su conexión a la red de transporte en la subestación
eléctrica Villanueva de los Escuderos 400 kV de REE se encuentra en funcionamiento.
Está prevista la ejecución de 6.707 m de viales de 6 m de ancho pavimentados con
zahorra, de los cuales 2.314 m serán de nueva construcción y 4.393 m serán
adecuaciones de caminos existentes. La duración de las obras se estima en ocho meses
y la vida útil de la instalación en treinta años.
En el entorno, se localizan varios proyectos también en tramitación de
procedimiento de determinación de afección ambiental, el parque eólico de hibridación
Escuderos I y, más alejados al norte, los parques eólicos de hibridación Escuderos II,
Escuderos III y Escuderos V. Los cuatro vierten su energía en la subestación
Torrejoncillo del Rey 132 kV/30 kV.

cve: BOE-A-2025-9891
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Antecedentes de hecho