Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9891)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos IV Híbrido, de 28,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente Escuderos IV, de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65329
torno al yacimiento del mismo nombre, de cronología medieval también está ubicado
cerca de la línea. El ámbito de prevención B.2 Los Villares, en torno al yacimiento del
mismo nombre, asentamiento con cronología romana y medieval, se vería cruzado por la
línea. El chozo y corral del Gredal es un elemento etnográfico próximo a la línea. Por
último, el ámbito de prevención B.32 margen izquierda del Cigüela es un gran ámbito
condicionado por la tipología de yacimientos del Paleolítico Superior, y está atravesado
por la línea de evacuación, cuyo trazado se sitúa cerca del elemento etnográfico ermita
Urbanos.
Además, se ha llevado a cabo una prospección arqueológica de los terrenos
afectados por el proyecto, mediante la cual se ha localizado, cerca del trazado de la línea
de evacuación, al sur del ámbito de prevención B2 Los Villares, una zona de dispersión
de material cerámico constructivo donde no ha sido posible identificar si se trata de algún
tipo de vertido o si son restos arqueológicos in situ. También, al este de la curva que
describe el camino junto a la ermita Urbanos, donde se localiza la línea, se han
observado algunos fragmentos cerámicos en superficie, aparentemente en su mayoría
restos constructivos.
Según la cartografía consultada, ninguna de las vías pecuarias inventariadas en el
entorno del parque sería afectada por sus infraestructuras.
Incidencia socio-económica sobre el territorio
Los núcleos de población más cercanos al parque eólico son Montalbo, a 1,1 km;
Villas Viejas, a 2,9 km; El Hito, a 4,5 km y Casas de Villalba Perea, a 4,6 km. No se han
identificado viviendas aisladas a menor distancia del parque que el pueblo de Montalbo.
La ermita de la Virgen de Urbanos se encuentra a 55 m de la línea y cuenta con dos
edificios asociados, a 30 y 80 m de esta infraestructura.
Durante la construcción, se va a producir un aumento de los niveles sonoros debido
fundamentalmente al movimiento de maquinaria asociado las acciones de obra. El
emplazamiento del parque eólico se encuentra a más de 1 km de núcleos de población
pero el aumento del ruido por el acceso de camiones y maquinaria a las zonas de obras
puede afectar a las localidades de Montalbo, Palomares del Campo y Torrejoncillo del
Rey.
Consta un estudio de los ruidos generados por el parque eólico Escuderos IV. Los
valores de inmisión de ruido causado por los aerogeneradores sobre las zonas habitadas
más próximas se han estimado en 28 dB (A) como máximo, inferior a los valores límites
de inmisión establecidos para sectores del territorio con predominio de suelo de uso
residencial, 55 dB(A) en horario diurno y 45 dB(A) en horario nocturno, por el Real
Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
En cuanto a los objetivos de calidad acústica para áreas residenciales, en las zonas
habitadas más próximas se han calculado valores estimados máximos de 55,7 dB(A) en
horario diurno y 50,9 dB(A) en horario nocturno, inferiores a los objetivos fijados por el
mencionado Real Decreto 1367/2007, 65 dB(A) en horario diurno y 55 dB(A) en horario
nocturno.
Según el estudio de impacto ambiental, las instalaciones del parque analizado
cumplen la recomendación europea y la legislación española respecto a la exposición a
campos electromagnéticos, de forma que el público no estará expuesto a dichos campos
por encima de los valores recomendados en sitios donde pueda permanecer mucho
tiempo.
La puesta en funcionamiento del parque eólico Escuderos IV Híbrido, según los
resultados del estudio efectuado, no provoca sombreado intermitente en niveles que
superen los umbrales significativos sobre ninguna edificación. Las edificaciones en las
que se produce sombreado intermitente en algún momento del año, aunque sea por
debajo de esos niveles, no son considerados receptores sensibles, por lo que no hay
ninguna afección del proyecto sobre la salud humana provocada por este efecto.
cve: BOE-A-2025-9891
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 120
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torno al yacimiento del mismo nombre, de cronología medieval también está ubicado
cerca de la línea. El ámbito de prevención B.2 Los Villares, en torno al yacimiento del
mismo nombre, asentamiento con cronología romana y medieval, se vería cruzado por la
línea. El chozo y corral del Gredal es un elemento etnográfico próximo a la línea. Por
último, el ámbito de prevención B.32 margen izquierda del Cigüela es un gran ámbito
condicionado por la tipología de yacimientos del Paleolítico Superior, y está atravesado
por la línea de evacuación, cuyo trazado se sitúa cerca del elemento etnográfico ermita
Urbanos.
Además, se ha llevado a cabo una prospección arqueológica de los terrenos
afectados por el proyecto, mediante la cual se ha localizado, cerca del trazado de la línea
de evacuación, al sur del ámbito de prevención B2 Los Villares, una zona de dispersión
de material cerámico constructivo donde no ha sido posible identificar si se trata de algún
tipo de vertido o si son restos arqueológicos in situ. También, al este de la curva que
describe el camino junto a la ermita Urbanos, donde se localiza la línea, se han
observado algunos fragmentos cerámicos en superficie, aparentemente en su mayoría
restos constructivos.
Según la cartografía consultada, ninguna de las vías pecuarias inventariadas en el
entorno del parque sería afectada por sus infraestructuras.
Incidencia socio-económica sobre el territorio
Los núcleos de población más cercanos al parque eólico son Montalbo, a 1,1 km;
Villas Viejas, a 2,9 km; El Hito, a 4,5 km y Casas de Villalba Perea, a 4,6 km. No se han
identificado viviendas aisladas a menor distancia del parque que el pueblo de Montalbo.
La ermita de la Virgen de Urbanos se encuentra a 55 m de la línea y cuenta con dos
edificios asociados, a 30 y 80 m de esta infraestructura.
Durante la construcción, se va a producir un aumento de los niveles sonoros debido
fundamentalmente al movimiento de maquinaria asociado las acciones de obra. El
emplazamiento del parque eólico se encuentra a más de 1 km de núcleos de población
pero el aumento del ruido por el acceso de camiones y maquinaria a las zonas de obras
puede afectar a las localidades de Montalbo, Palomares del Campo y Torrejoncillo del
Rey.
Consta un estudio de los ruidos generados por el parque eólico Escuderos IV. Los
valores de inmisión de ruido causado por los aerogeneradores sobre las zonas habitadas
más próximas se han estimado en 28 dB (A) como máximo, inferior a los valores límites
de inmisión establecidos para sectores del territorio con predominio de suelo de uso
residencial, 55 dB(A) en horario diurno y 45 dB(A) en horario nocturno, por el Real
Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
En cuanto a los objetivos de calidad acústica para áreas residenciales, en las zonas
habitadas más próximas se han calculado valores estimados máximos de 55,7 dB(A) en
horario diurno y 50,9 dB(A) en horario nocturno, inferiores a los objetivos fijados por el
mencionado Real Decreto 1367/2007, 65 dB(A) en horario diurno y 55 dB(A) en horario
nocturno.
Según el estudio de impacto ambiental, las instalaciones del parque analizado
cumplen la recomendación europea y la legislación española respecto a la exposición a
campos electromagnéticos, de forma que el público no estará expuesto a dichos campos
por encima de los valores recomendados en sitios donde pueda permanecer mucho
tiempo.
La puesta en funcionamiento del parque eólico Escuderos IV Híbrido, según los
resultados del estudio efectuado, no provoca sombreado intermitente en niveles que
superen los umbrales significativos sobre ninguna edificación. Las edificaciones en las
que se produce sombreado intermitente en algún momento del año, aunque sea por
debajo de esos niveles, no son considerados receptores sensibles, por lo que no hay
ninguna afección del proyecto sobre la salud humana provocada por este efecto.
cve: BOE-A-2025-9891
Verificable en https://www.boe.es
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