Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9909)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Entidad Municipal de Servicios del Ayuntamiento de La Vall d'Uixó, para el estudio científico técnico de les Coves de Sant Josep Fase II (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Lunes 19 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 65414

de los derechos de propiedad y de su posterior explotación, las partes implicadas
acordarán la autoría en el menor plazo posible, teniendo en cuenta la contribución de
cada una de ellas.
En este caso, las partes suscribirán el oportuno acuerdo de cotitularidad, que
contemplará el porcentaje de titularidad de cada parte, así como las condiciones de
explotación de los derechos y distribución de los beneficios, todo ello sin perjuicio de los
derechos que puedan corresponder a los autores e inventores.
Cuando cualquiera de las partes tenga interés en utilizar los resultados parciales o
finales de los trabajos o estudios conjuntos para su publicación o difusión por cualquier
medio, deberá solicitar la conformidad por escrito de la otra parte. Esta deberá responder
en un plazo máximo de treinta días comunicando su autorización, sus reservas o su
disconformidad, sobre la información contenida en dicha publicación o difusión.
Sexta.

Vigencia y prórroga del convenio.

El presente convenio se perfecciona el día de su firma y resultará eficaz una vez
inscrito en el plazo de cinco días hábiles en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y que será publicado en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo
una duración de 24 meses.
El convenio podrá prorrogarse o ampliarse por un período máximo de igual duración
(24 meses), antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio, por acuerdo
expreso de ambas partes y por causas motivadas, previo informe favorable de la
Comisión de Seguimiento.
Séptima.

Presupuestos y financiación.

El importe total de los trabajos a realizar en este convenio por ambos organismos
asciende a la cantidad de ochenta y un mil setecientos ochenta y uno (81.781,00 euros),
cofinanciados un 47,84 % por el CSIC-IGME (capítulo 1) y un 52,67 % por la EMSEVALL
(capítulo 2 y 6). Las aportaciones correspondientes a cada una de las partes serán las
siguientes:

2025

Euros

2026

Euros

Total

Euros

EMSEVALL (cap. 2 y 6).

20.958,00

22.358,00

43.316,00

CSIC-IGME (cap. 1).

19.232,50

19.232,50

38.465,00

40.190,50

41.590,50

81.781,00

Total.

cve: BOE-A-2025-9909
Verificable en https://www.boe.es

El CSIC-IGME aportará una cantidad de treinta y ocho mil cuatro cientos sesenta
y cinco euros (38.465,00 euros), en dos anualidades, una de 19.232,50 euros
(ejercicio 2025) y otra de 19.232,50 euros (ejercicio 2026) que irá con cargo al capítulo 1
de su presupuesto, con cargo a la aplicación presupuestaria 28.301.463A.120.
La dedicación del personal del CSIC-IGME al desarrollo de los trabajos contemplados
en el convenio no supondrá incremento de los gastos de personal, en virtud de lo
previsto el artículo 21 Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020.
La EMSEVALL aportará la cantidad de cuarenta y tres mil trescientos diez y seis
euros (43.316,00 euros), en dos anualidades, una de 20.958 euros (ejercicio 2025) y otra
de 22.358 euros (ejercicio 2026) que irá con cargo a sus presupuestos anuales.
La distribución de anualidades será: