Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-9847)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 64983
ANEXO III
Catedrático/a de Universidad
III.1) Requisitos específicos per acceder al proceso selectivo.
Disponer de la titulación de doctor o doctora y de la acreditación correspondiente
emitida por ANECA, de conformidad con lo que determina el artículo 69 de la LOSU de
acuerdo con lo que establece el título I del RD 678/2023.
En caso de que el título no haya sido expedido por una universidad española, para la
toma de posesión se necesitará la credencial de homologación emitida por una
universidad española.
III.2) Documentación se requiere subir a la aplicación https://apps.udg.edu/
ConcursosPdi:
III.2.1) DNI/NIE o pasaporte vigente (solamente en el caso de no autorizar a la UdG
a obtener documentos de otras administraciones).
III.2.2) Título de doctor o doctora (solamente en el caso de no autorizar a la UdG a
obtener documentos de otras administraciones para titulaciones universitarias españolas
o en el caso de titulaciones expedidas por universidades extranjeras).
III.2.3) Documento acreditativo del conocimiento suficiente de la lengua propia y
oficial de la Universidad de Girona.
III.2.4) Acreditación correspondiente emitida por ANECA, de conformidad con lo
establecido en el artículo 69 de la LOSU de acuerdo con lo que establece el título I del
RD 678/2023.
III.2.5) Acreditación del pago de las tasas y, en su caso, de las bonificaciones o
exenciones.
III.2.6) Certificado del reconocimiento del grado de discapacidad, si procede.
III.2.7) Copia de la documentación acreditativa que justifique la exención de la tasa.
En caso de encontrarse en situación de desempleo, debe acreditarse que se encuentra
en situación de demandante de empleo (certificado del SOC) y que no se perciba
ninguna prestación económica (certificado del SEPE).
III.2.8) Historial académico y curricular en formato libre donde se recomienda que
se destaquen las 12 contribuciones en investigación (publicaciones, libros, capítulos,
etc.) de más impacto, según la persona candidata.
III.2.9) Proyecto docente de una asignatura correspondiente al perfil de docencia de
la plaza objeto de convocatoria.
III.2.10) Proyecto de investigación correspondiente al perfil de investigación de la
plaza objeto de la convocatoria.
Criterios para la valoración del proceso selectivo.
La comisión de selección sólo considerará los méritos de las personas candidatas
que se ajusten al perfil de la plaza establecido en la convocatoria. En caso de que el
perfil especifique más de una especialidad, se considerará como mérito la actividad
docente o investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio de conocimiento en
cualquiera de las especialidades especificadas en el perfil de la plaza objeto de
concurso.
La comisión valorará los méritos individuales de los candidatos. Para los méritos
obtenidos de forma colectiva, se tendrá en cuenta la contribución personal de la persona
candidata en la consecución de estos méritos.
En relación con estos méritos, la comisión valorará principalmente los que se hayan
alcanzado en los últimos diez años, a contar a partir de la fecha de la resolución de la
presente convocatoria, otorgándoles el peso más significativo en la evaluación.
A las personas candidatas que en los últimos 10 años hayan tenido una incapacidad
temporal de larga duración, permisos de maternidad o paternidad, por riesgo durante la
cve: BOE-A-2025-9847
Verificable en https://www.boe.es
III.3)
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 64983
ANEXO III
Catedrático/a de Universidad
III.1) Requisitos específicos per acceder al proceso selectivo.
Disponer de la titulación de doctor o doctora y de la acreditación correspondiente
emitida por ANECA, de conformidad con lo que determina el artículo 69 de la LOSU de
acuerdo con lo que establece el título I del RD 678/2023.
En caso de que el título no haya sido expedido por una universidad española, para la
toma de posesión se necesitará la credencial de homologación emitida por una
universidad española.
III.2) Documentación se requiere subir a la aplicación https://apps.udg.edu/
ConcursosPdi:
III.2.1) DNI/NIE o pasaporte vigente (solamente en el caso de no autorizar a la UdG
a obtener documentos de otras administraciones).
III.2.2) Título de doctor o doctora (solamente en el caso de no autorizar a la UdG a
obtener documentos de otras administraciones para titulaciones universitarias españolas
o en el caso de titulaciones expedidas por universidades extranjeras).
III.2.3) Documento acreditativo del conocimiento suficiente de la lengua propia y
oficial de la Universidad de Girona.
III.2.4) Acreditación correspondiente emitida por ANECA, de conformidad con lo
establecido en el artículo 69 de la LOSU de acuerdo con lo que establece el título I del
RD 678/2023.
III.2.5) Acreditación del pago de las tasas y, en su caso, de las bonificaciones o
exenciones.
III.2.6) Certificado del reconocimiento del grado de discapacidad, si procede.
III.2.7) Copia de la documentación acreditativa que justifique la exención de la tasa.
En caso de encontrarse en situación de desempleo, debe acreditarse que se encuentra
en situación de demandante de empleo (certificado del SOC) y que no se perciba
ninguna prestación económica (certificado del SEPE).
III.2.8) Historial académico y curricular en formato libre donde se recomienda que
se destaquen las 12 contribuciones en investigación (publicaciones, libros, capítulos,
etc.) de más impacto, según la persona candidata.
III.2.9) Proyecto docente de una asignatura correspondiente al perfil de docencia de
la plaza objeto de convocatoria.
III.2.10) Proyecto de investigación correspondiente al perfil de investigación de la
plaza objeto de la convocatoria.
Criterios para la valoración del proceso selectivo.
La comisión de selección sólo considerará los méritos de las personas candidatas
que se ajusten al perfil de la plaza establecido en la convocatoria. En caso de que el
perfil especifique más de una especialidad, se considerará como mérito la actividad
docente o investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio de conocimiento en
cualquiera de las especialidades especificadas en el perfil de la plaza objeto de
concurso.
La comisión valorará los méritos individuales de los candidatos. Para los méritos
obtenidos de forma colectiva, se tendrá en cuenta la contribución personal de la persona
candidata en la consecución de estos méritos.
En relación con estos méritos, la comisión valorará principalmente los que se hayan
alcanzado en los últimos diez años, a contar a partir de la fecha de la resolución de la
presente convocatoria, otorgándoles el peso más significativo en la evaluación.
A las personas candidatas que en los últimos 10 años hayan tenido una incapacidad
temporal de larga duración, permisos de maternidad o paternidad, por riesgo durante la
cve: BOE-A-2025-9847
Verificable en https://www.boe.es
III.3)