Comunidad Autónoma de Canarias. I. Disposiciones generales. Turismo. (BOE-A-2025-9918)
Decreto-ley 2/2025, de 17 de marzo, de medidas urgentes relativas al deber de atenerse al uso turístico y por el que se modifica la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias, y su Reglamento, aprobado por Decreto 85/2015, de 14 de mayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Martes 20 de mayo de 2025
Disposición final segunda.
Sec. I. Pág. 65551
Entrada en vigor.
El presente Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Canarias».
Dado en Canarias, a 17 de marzo de 2025.–El Presidente del Gobierno, Fernando
Clavijo Batlle.–La Consejera de Turismo y Empleo, Jéssica del Carmen de León
Verdugo.
cve: BOE-A-2025-9918
Verificable en https://www.boe.es
(Publicado en el «Boletín Oficial de Canarias» número 54, de 18 de marzo de 2025. Convalidación publicada
en el «Boletín Oficial de Canarias» número 82, de 25 de abril de 2025)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 121
Martes 20 de mayo de 2025
Disposición final segunda.
Sec. I. Pág. 65551
Entrada en vigor.
El presente Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Canarias».
Dado en Canarias, a 17 de marzo de 2025.–El Presidente del Gobierno, Fernando
Clavijo Batlle.–La Consejera de Turismo y Empleo, Jéssica del Carmen de León
Verdugo.
cve: BOE-A-2025-9918
Verificable en https://www.boe.es
(Publicado en el «Boletín Oficial de Canarias» número 54, de 18 de marzo de 2025. Convalidación publicada
en el «Boletín Oficial de Canarias» número 82, de 25 de abril de 2025)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X