Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9957)
Resolución de 12 de mayo de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Museo Néstor de las Palmas de Gran Canaria y la Entidad Pública Empresarial Tenerife Espacio de las Artes, para la organización conjunta de la exposición «Néstor Reencontrado».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Martes 20 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 65803

f) El préstamo de obras pertenecientes a la Fundación Museo Néstor se hará a
título gratuito sin costes de cuota de préstamo para ninguna de las Sedes de la
Exposición.
6.

Gestión de préstamos.

a) Cada Sede será responsable de la gestión y negociación directa con los
Prestadores de los préstamos de las Obras (anexo I) para la presentación de la
exposición en su Sede en sus respectivas fechas.
b) Cada Sede gestionará y abonará directamente a los prestadores de las Obras
(anexo I) el coste de las cuotas de préstamo o costes asociados del préstamo que
eventualmente exijan los prestadores. Los gastos derivados de estos conceptos tienen la
consideración de gastos locales.
c) Como sede inicial, el MNCARS realizará las gestiones iniciales con los
prestadores para el acondicionamiento y preparación de las Obras, incluyendo los
eventuales tratamientos de restauración y enmarcado de las Obras. Los gastos
derivados de estos conceptos tienen la consideración de gastos locales.
d) En caso de que alguna de las partes retire de la exposición una de las obras
incluidas en el anexo I, esta sede deberá obtener el permiso por escrito del prestador y
asegura un almacenaje en ambiente controlado, así como proporcionar la cobertura de
seguro adecuado. Todos los costes asociados de la retirada solicitada serán
responsabilidad de dicha sede, y serán considerados gastos locales.
e) Cualquier incorporación de una obra no incluida en el anexo I de este convenio
realizada por cualquiera de las Sedes tendrá la consideración de Obra Adicional. La
gestión de dichos préstamos serán responsabilidad exclusiva de la Sede que proponga
dicha incorporación, y todos los costes asociados correrán a cargo de dicha Sede y
serán gastos Locales.
f) En caso de existir eventuales préstamos de obras pertenecientes a las
colecciones de las respectivas Sedes, estas tendrán la consideración de Obras
Adicionales. Todas las gestiones y costes asociados al préstamo de estas obras tendrán
la consideración de coste local y correrán exclusivamente a cargo del prestatario
(embalaje, transporte, seguro, restauración, etc.).
g) En caso de haber obras pertenecientes a la colección del MNCARS, la salida de
las mismas fuera del MNCARS requerirá la previa autorización de la Comisión
Permanente del Real Patronato, conforme al artículo 7.2.d) del Real Decreto 188/2013,
de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte
Reina Sofía, así como la correspondiente Orden ministerial que autorice el préstamo,
conforme al artículo 7.2.b) del citado Estatuto así como el artículo 8.1 del Real
Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de
Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.
h) La Fundación Museo Néstor será la responsable de atender y tramitar las
solicitudes de obras de sus propios fondos, remitiendo al MNCARS y TEA los contratos
de préstamos cumplimentados y firmados debidamente. Estos contratos incluirán los
datos técnicos de cada pieza (dimensiones, materia, técnica, datos de identificación,
valor a efectos de seguro, etc.).

7.1

Embalaje, transporte y correos.
Embalaje.

a) El MNCARS gestionará y abonará el suministro de los materiales de los
embalajes de las Obras del anexo I. Dichos costes se incluirán en el Presupuesto de
Organización (anexo II). Dichos costes tendrán la consideración de Gasto Compartido.
b) Todo el material de embalaje y empaquetado debe fabricarse de conformidad
con los estándares de museo aptos para el transporte en carretera.

cve: BOE-A-2025-9957
Verificable en https://www.boe.es

7.