Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-18242)
Resolución de 24 de abril de 2025 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y se declara, en concreto, la utilidad pública de la modificación del proyecto de la planta solar fotovoltaica "Guadame Solar 4" y de la infraestructura de evacuación, a ubicar en los términos municipales de Córdoba, Bujalance y El Carpio (Córdoba).
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Martes 20 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 27627

7.- Punto de conexión
Nudo de la red de transporte "SE Guadame 220 kV", en el término municipal
de Marmolejo (Jaén).
El nudo "SE Guadame 220 kV" se alcanza a través de infraestructura de
evacuación conjunta, que se compone de los siguientes elementos:
1.- La subestación "SET Guadame Solar 4, 30/132 kV".
2.- Línea subterránea de evacuación en 132 kV, desde "SET Guadame Solar 4,
30/132 kV" a punto de entronque con otra línea de evacuación a 30 kV proveniente
de la planta solar fotovoltaica "Guadame Solar 5".
3.- Línea aéreo-subterránea en doble circuito, LAT 30 kV y LAT 132 kV.
4.- Subestación "SET Guadame Solar 220/132/30 kV".
5.- Línea aérea en 220 kV "LAT 220 kV Guadame Solar – Guadame 220 kV
(REE)" (no incluida en la presente resolución).
Cuarto. - Estas autorizaciones se otorgan condicionadas al cumplimiento de la
normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1.- La Administración dejara sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la
misma y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la
instalación. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente,
acordara la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden
administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
2.- La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general,
los cuales le han sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En
particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el
Informe Ambiental Vinculante de la Delegación Territorial en Córdoba de la actual
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.

4.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. El plazo de puesta en
marcha será conforme a lo indicado en el Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de
junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos
para la reactivación económica, respecto al plazo para la obtención de autorización
administrativa de explotación, y la extensión excepcional de los hitos
administrativos recogida en el artículo 28 del Real Decreto Ley 8/2023, de 27 de
diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias
económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo,
así como para paliar los efectos de la sequía.
5.- Garantía de desmantelamiento y restauración de terrenos. El artículo 12.4
de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del

cve: BOE-B-2025-18242
Verificable en https://www.boe.es

3.- La caducidad de la Autorización Ambiental Unificada (Informe Ambiental
Vinculante) de la instalación será condición suficiente para la revocación de esta
autorización, por incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la
misma.