Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-18242)
Resolución de 24 de abril de 2025 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y se declara, en concreto, la utilidad pública de la modificación del proyecto de la planta solar fotovoltaica "Guadame Solar 4" y de la infraestructura de evacuación, a ubicar en los términos municipales de Córdoba, Bujalance y El Carpio (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 27618

que fuesen aplicables las conclusiones de los informes de aclaración disponibles.
3.- STS 5995/2013 de 11 de diciembre de 2013 (rec. 4907/2010),
En dicha sentencia y referido a parques eólicos colindantes, el Alto Tribunal
concluye que el hecho de que cuatro parques eólicos compartan línea de
evacuación y subestación, no determina que deban ser considerados como un
único proyecto, sino que su capacidad de funcionamiento autónomo hace que
sean parques diferentes unos de otros. Se destaca también que la ubicación
conjunta de las instalaciones y de la línea de evacuación resulta más favorable
desde el punto de vista ambiental."
Desestimar la segunda alegación por cuanto está justificada la competencia del
Delegado Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria,
Energía y Minas según se expone en el apartado primero y segundo de los
Fundamentos de Derecho.
Desestimar la tercera alegación por cuanto al título habilitante para construir
sobre las parcelas afectadas, nos remitimos a la justificación dada a la primera
alegación en el sentido de que la declaración de utilidad pública en los términos
establecidos en el artículo 55 LSE que llevará implícita la necesidad de ocupación
o adquisición de los bienes afectados, con carácter urgente.
No obstante, se reitera que en el expediente que nos ocupa se sigue por parte
de esta Delegación Territorial el procedimiento establecido en los artículos 53 y
siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico en materia
de autorizaciones, expropiación y servidumbres.
Desestimar la cuarta alegación ya que atendiendo a lo expuesto, la capacidad
técnica del solicitante se ha justificado a través de Aquila Capital, cuya sociedad de
responsabilidad limitada Lysena Investments S.L. ostenta el 30% de las
participaciones sociales de las sociedades Mirzan Solar, S.L., Nunki Solar, S.L.,
Alpha Centuri Solar, S.L., Gacrux Solar S.L. y Sabik Solar, S.L. (las "Sociedades
Vehículo") quienes se encuentran en avanzado estado de desarrollo de los
parques solares fotovoltaicos denominados respectivamente Guadame Solar 1,
Guadame Solar 2, Guadame Solar 3, Guadame Solar 4 y Guadame Solar 5, en la
provincia de Córdoba, con una capacidad total de 278 MWp, según documentación
que consta en el expediente de referencia.
Alegaciones presentadas por Don Jesús Fernando Segura Jiménez que actúa
en nombre y representación de Doña María Luisa Algarra Añón.
Con fecha 5 de noviembre de 2024 se emite Informe - propuesta en relación a
las alegaciones presentadas en el que se propone:
Desestimar la primera alegación presentada que se justifica porque la
infraestructura que se plantea en la parcela 200 del polígono 17 del término
municipal de Bujalance (Córdoba) consiste en una línea eléctrica aérea con una
longitud de 192,18 metros lineales, por lo que no supone ninguna interferencia en
la normal explotación del olivar, ya que los conductores se sitúan a una altura
suficiente para no interferir ni en los cultivos ni en la maquinaria de recolección.
En cuanto al apoyo (1) generará una ocupación permanente de 6,1504 m² de
superficie según figura en la RBDA Tramo Aéreo del proyecto de referencia, por lo
que es posible que suponga sea la supresión de un sólo olivo. En cualquier caso,
el valor de los bienes y derechos expropiados será objeto de indemnización

cve: BOE-B-2025-18242
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Núm. 121