Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-9964)
Real Decreto 397/2025, de 20 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Fundación Francisco Giner de los Ríos (Institución Libre de Enseñanza) y a la Corporación de Radio y Televisión Española, SA, Corporación RTVE, por actividades relacionadas con la educación durante los ejercicios 2024 y 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Miércoles 21 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 65850

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Real Decreto 397/2025, de 20 de mayo, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a la Fundación Francisco Giner de los Ríos
(Institución Libre de Enseñanza) y a la Corporación de Radio y Televisión
Española, SA, Corporación RTVE, por actividades relacionadas con la
educación durante los ejercicios 2024 y 2025.

Conforme a lo dispuesto en la vigente Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, el sistema educativo concibe la educación como un aprendizaje permanente
que se desarrolla a lo largo de la vida y que implica el esfuerzo compartido por el
alumnado, las familias, el profesorado y los centros; así como por las administraciones,
por las instituciones y por el conjunto de la sociedad. Además, consagra el fomento y la
promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativas, y el
principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y no discriminación,
entre otros principios inspiradores.
La importancia social de la educación hace necesario garantizar y promover la
aplicación de las políticas públicas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes en relación con la actuación de diversas entidades comprometidas con la
educación, en todos los ámbitos, cuyas actividades responden a los principios
inspiradores de nuestro sistema educativo y cuyo mantenimiento resulta esencial, como
garantía del derecho a la educación.
La situación derivada de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado en el
ejercicio de 2024 afectó a diversas entidades que colaboran con el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes en el cumplimiento de sus fines a través
de sus actividades, por lo que se aprobó el Real Decreto 1089/2024, de 22 de octubre,
que regula la concesión directa de diversas subvenciones en el ámbito del citado
Ministerio. A pesar de que dicho real decreto aprobó las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, no se materializó la concesión efectiva a la Corporación de
Radio y Televisión Española, SA, (en adelante, Corporación RTVE), ni a la Fundación
Francisco Giner de los Ríos (Institución Libre de Enseñanza). No obstante, el Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes mantiene su interés en financiar las
actividades de ambas entidades, que son de interés general y coadyuvan a la
consecución de los fines del departamento. En vista de lo anterior, y considerando la
nueva prórroga presupuestaria del ejercicio 2025, es necesario aprobar las subvenciones
a las citadas entidades por la vía del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, para cubrir tanto las actividades realizadas por parte de las mismas en 2024
como las previstas para 2025.
Las subvenciones reguladas en el presente real decreto no son susceptibles de
concesión en régimen de concurrencia competitiva, dado que corresponden a programas
en funcionamiento que no podrían realizarse por ninguna otra entidad, dada la
singularidad e idoneidad de dichas entidades para llevar a cabo las actividades previstas,
con la finalidad de asegurar la consecución de los objetivos propios de las subvenciones
que se conceden. Además, cabe mencionar que las entidades beneficiarias, que, como
se ha mencionado, han venido siéndolo en años anteriores, conforme a las sucesivas
leyes anuales de presupuestos generales del Estado en virtud de lo dispuesto en el
artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, como receptoras de
subvenciones nominativas, han actuado de conformidad con la normativa vigente en

cve: BOE-A-2025-9964
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