Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-10041)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles de Arrecife a inscribir una escritura de declaración de cese de la situación de unipersonalidad de una sociedad de responsabilidad limitada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Miércoles 21 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 66005

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10041

Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador mercantil y de bienes muebles de Arrecife a inscribir una escritura
de declaración de cese de la situación de unipersonalidad de una sociedad
de responsabilidad limitada.

En el recurso interpuesto por don Javier Jiménez Cerrajería, notario de Tías, contra
la negativa del registrador Mercantil y de Bienes Muebles de Arrecife, don Antonio Díaz
Marquina, a inscribir una escritura de declaración de cese de la situación de
unipersonalidad de una sociedad de responsabilidad limitada.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 31 de octubre de 2024 ante el notario de Tías, don
Javier Jiménez Cerrajería, con el número 1.799 de protocolo, el administrador único de la
entidad «PSBPlayablanca, S.L.», don R. L. M., declaró que, como consecuencia de la
compraventa de participaciones sociales formalizada en escritura pública autorizada por
el mismo notario el mismo día, 31 de octubre de 2024, con el número 1.797 de su
protocolo, la sociedad había perdido la condición de unipersonal y solicitaba que se
hiciera constar tal circunstancia en el Registro Mercantil. En la referida escritura de
declaración de la pérdida de la unipersonalidad constaban los datos de identificación de
todos los compradores y la numeración de las participaciones sociales compradas por
cada uno de ellos. Y el administrador añadía que «se compromete a hacer constar la
transmisión de las participaciones sociales reseñada en el expositivo de la presente
Escritura en el Libro Registro de socios de la sociedad».
II
Presentada el 12 de noviembre de 2024 dicha escritura en el Registro Mercantil de
Arrecife, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación.

Hechos.
Diario/Asiento: 2024678.
F. presentación: 12/11/2024.
Entrada: 1/2024/1596.
Sociedad: PSBPlayablanca Sociedad Limitada.
Autorizante: Jiménez Cerrajería, Javier.
Protocolo: 20241799 de 31/10/2024.

cve: BOE-A-2025-10041
Verificable en https://www.boe.es

El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de
conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del
Registro Mercantil, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada conforme a los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho: