Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10201)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea de Madrid, la Universidad Europea de Valencia y la Universidad Europea de Canarias, para el desarrollo de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Jueves 22 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 68207

La Universidad y la Secretaría de Estado de Migraciones serán referidos de manera
conjunta como las «Partes».
Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir el presente convenio y, a tal fin,

I. Que la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, en virtud del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, es el órgano superior de la Administración General del Estado encargado
de elaborar y desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y
emigración.
II. Que la UEM es una Universidad privada reconocida legalmente por la
Ley 24/1995, de 17 de julio, por la que se reconoce como Universidad privada a la
denominada «Universidad Europea de Madrid», con sede en Madrid.
III. Que la UEV es una Universidad privada reconocida por la Ley 9/2012, de 4 de
diciembre, por la que se reconoce como Universidad privada a la denominada
«Universidad Europea de Valencia», con sede en Valencia.
IV. Que la UEC es una Universidad privada reconocida por la Ley 9/2010, de 15 de
julio, por la que se reconoce como Universidad privada a la denominada «Universidad
Europea de Canarias», con sede en la Villa de La Orotava, Tenerife. Que una de las
funciones de la Universidad es la de preparar para el ejercicio de actividades
profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la
creación artística y para dar cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la
organización de prácticas externas que completen los conocimientos adquiridos en las
aulas.
V. Que, de manera específica, el régimen de prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios se encuentra regulado actualmente por el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, disponiendo que el objetivo de las citadas prácticas es
el de permitir a los estudiantes universitarios aplicar y complementar los conocimientos
adquiridos en su formación académica favoreciendo la adquisición de competencias que
les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y
fomenten su capacidad de emprendimiento.
VI. Que el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad contempla que los planes de estudios de las enseñanzas de Grado y de
Máster Universitario puedan incorporar prácticas académicas externas.
VII. Conscientes de la importancia de la realización de las prácticas, de
conformidad con la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que
establece los mecanismos de coordinación, cooperación y colaboración entre las
Administraciones Públicas con competencias en materia universitaria y, con el fin de
contribuir a la formación integral de los estudiantes y a su preparación para el ejercicio
profesional, las partes manifiestan su deseo de suscribir el presente convenio con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto el establecimiento de un marco para la
realización de las prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, no
remuneradas, de los estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales de Grado o

cve: BOE-A-2025-10201
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