Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-10108)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 18 de febrero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. II.A. Pág. 67629
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
10108
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Española
de Supervisión de Inteligencia Artificial, por la que se resuelve el concurso
específico, convocado por Resolución de 18 de febrero de 2025.
Por Resolución de 18 de febrero de 2025 (BOE de 24 de febrero de 2025), se
convocó concurso específico, con referencia 1E/2025, para la provisión de puestos de
trabajo vacantes en la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas y valoración de los méritos alegados
por los candidatos por la correspondiente Comisión de Valoración,
Esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24.1.k) del Real
Decreto 729/2023, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia
Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, ha resuelto resolver definitivamente el
mencionado concurso en los siguientes términos:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en el anexo a esta resolución.
Segundo.
Tercero.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las
citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso
formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al
servicio activo.
cve: BOE-A-2025-10108
Verificable en https://www.boe.es
El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si
la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación. El cómputo de los plazos posesorios se
iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las
personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde
suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios y funcionarias
que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de
posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. II.A. Pág. 67629
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
10108
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Española
de Supervisión de Inteligencia Artificial, por la que se resuelve el concurso
específico, convocado por Resolución de 18 de febrero de 2025.
Por Resolución de 18 de febrero de 2025 (BOE de 24 de febrero de 2025), se
convocó concurso específico, con referencia 1E/2025, para la provisión de puestos de
trabajo vacantes en la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas y valoración de los méritos alegados
por los candidatos por la correspondiente Comisión de Valoración,
Esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24.1.k) del Real
Decreto 729/2023, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia
Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, ha resuelto resolver definitivamente el
mencionado concurso en los siguientes términos:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en el anexo a esta resolución.
Segundo.
Tercero.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las
citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso
formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al
servicio activo.
cve: BOE-A-2025-10108
Verificable en https://www.boe.es
El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si
la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación. El cómputo de los plazos posesorios se
iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las
personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde
suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios y funcionarias
que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de
posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.