Comunidad Foral de Navarra. I. Disposiciones generales. Empleo público. (BOE-A-2025-12060)
Decreto-ley Foral 1/2025, de 7 de mayo, por el que se aprueban medidas extraordinarias y urgentes en materia de personal para la reducción de la temporalidad en las Administraciones Públicas de Navarra.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 78550
Cinco. Se añade una disposición adicional vigésima novena en el texto refundido
del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,
aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
«Disposición adicional vigésima novena.
1. Los procesos de concurso de traslado convocados por las
Administraciones Públicas se ajustarán en sus trámites y actuaciones a los
siguientes plazos:
a) Plazo para la presentación de solicitudes de participación en el
procedimiento: 10 días naturales.
b) Plazo para la presentación de alegaciones a las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas en la convocatoria: 5 días hábiles.
c) Plazo para la presentación de alegaciones a la valoración provisional de
méritos: 5 días hábiles.
d) Plazo para la elección de vacantes: 5 días hábiles.
2. Las listas, tanto provisionales como definitivas, de personas admitidas y
excluidas al procedimiento serán publicadas en la ficha web de la convocatoria. En
el caso de que no existan personas excluidas, se aprobará directamente la lista
definitiva de personas admitidas y se ordenará su publicación en la ficha web de la
convocatoria.»
Seis. Se añade una disposición final en el texto refundido del Estatuto del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral
Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
«Disposición final.
Las disposiciones adicionales vigésima octava y vigésima novena que
contienen plazos de tramitación podrán ser actualizadas por el Gobierno de
Navarra mediante normas de carácter reglamentario.»
Artículo 2. Modificación del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las Administraciones
Públicas de Navarra.
Uno. Se modifica el artículo 9 del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las
Administraciones Públicas de Navarra, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 9.
a) Antigüedad en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria en la
respectiva Administración, a razón de 1 punto por año: hasta 40 puntos.
Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que
proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.
No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de
publicación de la convocatoria.
b) Conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas de trabajo de la
Unión Europea: hasta 2 puntos por cada uno de ellos.
Los méritos alegados en este apartado b) se valorarán únicamente cuando
guarden relación con el contenido del puesto de trabajo.
cve: BOE-A-2025-12060
Verificable en https://www.boe.es
1. En los concursos de traslado se valorarán los siguientes elementos, dentro
de una escala cuyo valor máximo será de 46 puntos distribuidos de la siguiente
forma:
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 78550
Cinco. Se añade una disposición adicional vigésima novena en el texto refundido
del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,
aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
«Disposición adicional vigésima novena.
1. Los procesos de concurso de traslado convocados por las
Administraciones Públicas se ajustarán en sus trámites y actuaciones a los
siguientes plazos:
a) Plazo para la presentación de solicitudes de participación en el
procedimiento: 10 días naturales.
b) Plazo para la presentación de alegaciones a las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas en la convocatoria: 5 días hábiles.
c) Plazo para la presentación de alegaciones a la valoración provisional de
méritos: 5 días hábiles.
d) Plazo para la elección de vacantes: 5 días hábiles.
2. Las listas, tanto provisionales como definitivas, de personas admitidas y
excluidas al procedimiento serán publicadas en la ficha web de la convocatoria. En
el caso de que no existan personas excluidas, se aprobará directamente la lista
definitiva de personas admitidas y se ordenará su publicación en la ficha web de la
convocatoria.»
Seis. Se añade una disposición final en el texto refundido del Estatuto del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral
Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
«Disposición final.
Las disposiciones adicionales vigésima octava y vigésima novena que
contienen plazos de tramitación podrán ser actualizadas por el Gobierno de
Navarra mediante normas de carácter reglamentario.»
Artículo 2. Modificación del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las Administraciones
Públicas de Navarra.
Uno. Se modifica el artículo 9 del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las
Administraciones Públicas de Navarra, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 9.
a) Antigüedad en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria en la
respectiva Administración, a razón de 1 punto por año: hasta 40 puntos.
Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que
proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.
No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de
publicación de la convocatoria.
b) Conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas de trabajo de la
Unión Europea: hasta 2 puntos por cada uno de ellos.
Los méritos alegados en este apartado b) se valorarán únicamente cuando
guarden relación con el contenido del puesto de trabajo.
cve: BOE-A-2025-12060
Verificable en https://www.boe.es
1. En los concursos de traslado se valorarán los siguientes elementos, dentro
de una escala cuyo valor máximo será de 46 puntos distribuidos de la siguiente
forma: