Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12181)
Resolución de 5 de junio de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación de Empresarios del Textil de la Comunidad Valenciana, para la organización de las misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector del textil hogar, en el marco de la Feria Textilhogar-Home Textiles Premium, a celebrar en Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78989
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este convenio
es de hasta ciento treinta mil novecientos cincuenta euros (130.950 €) de los cuales:
a)
En lo que se refiere a la Misión Inversa de compradores:
– ICEX financiará hasta el 50 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por esta Misión Inversa ejecutada,
es decir, hasta un importe máximo de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta euros
(38.450 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial asumirá el restante 50 % de los gastos
definidos en el apartado 4.1 del convenio que hayan sido generados por esta Misión
Inversa ejecutada, es decir, un compromiso económico máximo de treinta y ocho mil
cuatrocientos cincuenta euros (38.450 €).
b)
En lo que se refiere a la Misión Inversa de prescriptores de opinión:
– ICEX financiará el 100 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas,
hasta un importe máximo de cincuenta y cuatro mil cincuenta euros (54.050 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial contribuiría con unas actuaciones
cuantificables económicamente en dos mil quinientos euros (2.500 €) y referidas a: (i)
gestión de las acreditaciones de los prescriptores para acceder a la feria; (ii) puesta a
disposición de espacios para mantener las reuniones; y (iii) otros trabajos en especie
tales como organización con la agencia de viajes para la tramitación de los billetes/
alojamientos/transportes, colaborar en la organización de agendas entre los
prescriptores y las empresas españolas, seguimiento del cumplimiento de las agendas o
acompañamiento en la Feria.
Cuarta.
4.1
Gastos elegibles y su justificación.
Gastos elegibles.
Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente convenio:
Se excluyen como gastos susceptibles de ser financiados los gastos de gestión
interna del Colaborador Sectorial y específicamente sueldos y salarios, alquiler de
oficinas, contratación de servicios inherentes al Colaborador Sectorial, así como todos
aquellos gastos considerados de gestión interna del Colaborador Sectorial. Quedan
también excluidos los gastos de kilometraje, parking, dietas y manutención en general.
4.2
Justificación de los gastos.
Para el adecuado seguimiento de los costes de las Misiones Inversas, en el plazo
máximo de tres (3) meses desde la finalización de cada Misión Inversa, el Colaborador
Sectorial presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria económica justificativa
del destino de los fondos, que incluirá la relación de facturas y pagos realizados, con
indicación de la parte financiada por ICEX.
cve: BOE-A-2025-12181
Verificable en https://www.boe.es
– Billetes de avión y de tren para el desplazamiento de los participantes extranjeros
de las Misiones Inversas.
– Traslados internos (autobús, taxi o cualquier otro medio de transporte con o sin
conductor).
– Alojamiento de los participantes en la Jornada Inversa durante su estancia en
España.
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78989
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este convenio
es de hasta ciento treinta mil novecientos cincuenta euros (130.950 €) de los cuales:
a)
En lo que se refiere a la Misión Inversa de compradores:
– ICEX financiará hasta el 50 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por esta Misión Inversa ejecutada,
es decir, hasta un importe máximo de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta euros
(38.450 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial asumirá el restante 50 % de los gastos
definidos en el apartado 4.1 del convenio que hayan sido generados por esta Misión
Inversa ejecutada, es decir, un compromiso económico máximo de treinta y ocho mil
cuatrocientos cincuenta euros (38.450 €).
b)
En lo que se refiere a la Misión Inversa de prescriptores de opinión:
– ICEX financiará el 100 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas,
hasta un importe máximo de cincuenta y cuatro mil cincuenta euros (54.050 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial contribuiría con unas actuaciones
cuantificables económicamente en dos mil quinientos euros (2.500 €) y referidas a: (i)
gestión de las acreditaciones de los prescriptores para acceder a la feria; (ii) puesta a
disposición de espacios para mantener las reuniones; y (iii) otros trabajos en especie
tales como organización con la agencia de viajes para la tramitación de los billetes/
alojamientos/transportes, colaborar en la organización de agendas entre los
prescriptores y las empresas españolas, seguimiento del cumplimiento de las agendas o
acompañamiento en la Feria.
Cuarta.
4.1
Gastos elegibles y su justificación.
Gastos elegibles.
Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente convenio:
Se excluyen como gastos susceptibles de ser financiados los gastos de gestión
interna del Colaborador Sectorial y específicamente sueldos y salarios, alquiler de
oficinas, contratación de servicios inherentes al Colaborador Sectorial, así como todos
aquellos gastos considerados de gestión interna del Colaborador Sectorial. Quedan
también excluidos los gastos de kilometraje, parking, dietas y manutención en general.
4.2
Justificación de los gastos.
Para el adecuado seguimiento de los costes de las Misiones Inversas, en el plazo
máximo de tres (3) meses desde la finalización de cada Misión Inversa, el Colaborador
Sectorial presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria económica justificativa
del destino de los fondos, que incluirá la relación de facturas y pagos realizados, con
indicación de la parte financiada por ICEX.
cve: BOE-A-2025-12181
Verificable en https://www.boe.es
– Billetes de avión y de tren para el desplazamiento de los participantes extranjeros
de las Misiones Inversas.
– Traslados internos (autobús, taxi o cualquier otro medio de transporte con o sin
conductor).
– Alojamiento de los participantes en la Jornada Inversa durante su estancia en
España.