Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Reglamento General de Circulación. (BOE-A-2025-12199)
Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Bandera roja

Bandera verde

Sec. I. Pág. 79096

Bandera

Brazo extendido hacia

amarilla

abajo inclinado y fijo

Ejemplos de regulación

Luz roja
intermitente o destellante

del paso

hacia adelante
1.3

Dimensiones señales y bastidores:

Las dimensiones de las señales a utilizar por los agentes de la autoridad
encargados de la vigilancia del tráfico en cualquier tipo de vía serán las siguientes:
Señales circulares: 50 cm de diámetro.
Señales triangulares: 70 cm de lado.
Altura de la señal en el bastidor (dos posiciones):
Máxima: 132 cm.
Mínima: 93 cm.
(Dimensión obtenida desde el suelo hasta la parte superior de la señal).
Señalización circunstancial.
Grupo 1.
1.

Abierto.

2.

Animal(es) en la vía.

3.

Cerrado.

4.

Ciclistas en la vía.

5.

Circulación alterna.

6.

Circulación lenta.

Vialidades
cve: BOE-A-2025-12199
Verificable en https://www.boe.es

2.