Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-12298)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80770
8.2 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad las
facultades de resolución de los expedientes que se tramiten sobre los procedimientos de
reducción de la zona de dominio público de las líneas ferroviarias que formen parte de la
Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) así como de la línea límite de edificación del
ferrocarril. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la resolución de los
recursos que, en su caso, se interpongan frente a las resoluciones que se dicten sobre
tales expedientes.
9.ª Competencias en materia de autorizaciones previstas en el artículo 16.1 de la
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario, aprobado por Real Decreto 2387/2004,
de 30 de diciembre.
9.1 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, la
competencia para la resolución de los procedimientos en materia de autorizaciones
previstas en el artículo 16.1 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector
Ferroviario, y en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario, aprobado
por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre.
9.2 Se delega en el titular de la Gerencia de Área de Zonas de Afección de la
Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad las facultades de instrucción de los
expedientes que se tramiten en materia de autorizaciones relativos a solicitudes
promovidas por terceros, cuando el objeto de tales solicitudes haya de ejecutarse en la
zona de dominio público, en la zona de protección y/o dentro de la línea límite de
edificación. Asimismo, se delega en la titular de dicho órgano, la elaboración de las
propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se interpongan frente a las
resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.ª Competencias para el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones y
acuerdos de afectaciones concurrentes contempladas en los artículos 67 y 91 de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, para
la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.1 Se delega en la titular de la Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad,
hasta la cuantía de 1.000.000 de euros en concepto de tasa, la competencia para
resolver el otorgamiento de las concesiones y autorizaciones contempladas en el
artículo 91 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.2 Se delega en el titular de la Gerencia de Área de Zonas de Afección de la
Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad las facultades de instrucción de los
expedientes que se tramiten relativos a las solicitudes de ocupación y/o utilización del
dominio público ferroviario. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la
elaboración de las propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se
interpongan frente a las resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.3 Se delega en el titular de la Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad,
la competencia para resolver el otorgamiento de acuerdos de afectación concurrente
contemplados en el artículo 67 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio
público ferroviario.
11.ª Competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes
tramitados de conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde
administrativo sobre bienes demaniales de titularidad de ADIF-Alta Velocidad.
Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes tramitados de
conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde administrativo sobre
bienes demaniales de titularidad de ADIF-Alta Velocidad, de acuerdo con lo que, al
cve: BOE-A-2025-12298
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80770
8.2 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad las
facultades de resolución de los expedientes que se tramiten sobre los procedimientos de
reducción de la zona de dominio público de las líneas ferroviarias que formen parte de la
Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) así como de la línea límite de edificación del
ferrocarril. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la resolución de los
recursos que, en su caso, se interpongan frente a las resoluciones que se dicten sobre
tales expedientes.
9.ª Competencias en materia de autorizaciones previstas en el artículo 16.1 de la
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario, aprobado por Real Decreto 2387/2004,
de 30 de diciembre.
9.1 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad, la
competencia para la resolución de los procedimientos en materia de autorizaciones
previstas en el artículo 16.1 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector
Ferroviario, y en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario, aprobado
por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre.
9.2 Se delega en el titular de la Gerencia de Área de Zonas de Afección de la
Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad las facultades de instrucción de los
expedientes que se tramiten en materia de autorizaciones relativos a solicitudes
promovidas por terceros, cuando el objeto de tales solicitudes haya de ejecutarse en la
zona de dominio público, en la zona de protección y/o dentro de la línea límite de
edificación. Asimismo, se delega en la titular de dicho órgano, la elaboración de las
propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se interpongan frente a las
resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.ª Competencias para el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones y
acuerdos de afectaciones concurrentes contempladas en los artículos 67 y 91 de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, para
la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.1 Se delega en la titular de la Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad,
hasta la cuantía de 1.000.000 de euros en concepto de tasa, la competencia para
resolver el otorgamiento de las concesiones y autorizaciones contempladas en el
artículo 91 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio público ferroviario.
10.2 Se delega en el titular de la Gerencia de Área de Zonas de Afección de la
Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad las facultades de instrucción de los
expedientes que se tramiten relativos a las solicitudes de ocupación y/o utilización del
dominio público ferroviario. Asimismo, se delega en el titular de dicho órgano, la
elaboración de las propuestas de resolución de los recursos que, en su caso, se
interpongan frente a las resoluciones que se dicten sobre los referidos expedientes.
10.3 Se delega en el titular de la Dirección de Coordinación de ADIF-Alta Velocidad,
la competencia para resolver el otorgamiento de acuerdos de afectación concurrente
contemplados en el artículo 67 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, para la ocupación y utilización de bienes de dominio
público ferroviario.
11.ª Competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes
tramitados de conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde
administrativo sobre bienes demaniales de titularidad de ADIF-Alta Velocidad.
Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes tramitados de
conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde administrativo sobre
bienes demaniales de titularidad de ADIF-Alta Velocidad, de acuerdo con lo que, al
cve: BOE-A-2025-12298
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Núm. 145