Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-12604)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de junio de 2025
Proyecto n.º: 9
Nombre del proyecto: Proyectos innovadores con entidades locales para la atención integral de población vulnerable
Sec. III. Pág. 82264
Línea: C22.I2
d) Implementación de la Inversión.
2021-2022.
Identificación de necesidades en los ámbitos de inversión, que se realizará mediante encuesta a las direcciones de los centros de servicios sociales de atención primaria y convocatoria de manifestación
de interés para desarrollar los proyectos de innovación estableciendo los criterios de selección e implementación pertinentes.
Concesión de subvenciones a las Entidades Locales para la ejecución En función de las propuestas recibidas, se definirá la modalidad de ejecución de inversión más adecuada (convenio, convocatoria de
subvenciones u otras).
Inicio de ejecución de los proyectos innovadores.
2023.
Desarrollo de los proyectos innovadores y elaboración de informes de seguimiento de los proyectos.
Finalización de ejecución de algunos proyectos innovadores.
2024.
Desarrollo de los proyectos innovadores y elaboración de informes de seguimiento de los proyectos.
Finalización de ejecución de algunos proyectos innovadores.
2025.
Desarrollo de los proyectos innovadores y elaboración de informes de seguimiento de los proyectos.
Finalización de ejecución de todos los proyectos innovadores.
Elaboración del informe final de evaluación de todos los proyectos y planificación de acciones de transferencia de conocimiento.
e) Contribución de la inversión a los objetivos
establecidos en la(s) línea(s) que se adscribe.
Promover la innovación en el marco de los servicios sociales, poniendo en práctica iniciativas novedosas cuya evaluación permita extraer implicaciones para el conjunto del sistema, el intercambio del
conocimiento y el aprendizaje para orientar mejor los procesos de modernización que se pretenden impulsar.
f) Contribución de la inversión a otros objetivos
relevantes para la comunidad autónoma.
El proyecto contribuye a varias de las líneas prioritarias de actuación definidas en la ley 3/2021, que se han trabajado con los agentes relevantes en los servicios sociales de la Región de Murcia.
En primer lugar, se pretende dar respuesta a la necesidad detectada de atender «el crecimiento de las necesidades y demandas de atención, protección e integración social, asociadas a situaciones de
vulnerabilidad y de cronificación de las situaciones de exclusión social».
En segundo lugar, las actuaciones pretenden profundizar en el diseño de servicios sociales que consideran varios de los principios rectores recogidos en la ley, en especial:
f. Prevención y dimensión comunitaria: Las políticas de servicios sociales actuarán preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y
atendiendo al enfoque comunitario de las intervenciones sociales.
g. Prevención y dimensión comunitaria: Las políticas de servicios sociales actuarán preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y
atendiendo al enfoque comunitario de las intervenciones sociales.
h. Atención personalizada e integral y continuidad de la atención: Se garantizará una atención personalizada, es decir, ajustada a las necesidades particulares de la persona y su familia, basada en la
valoración integral de su situación, debiendo garantizarse la continuidad de la atención, aun cuando implique administraciones públicas o sistemas.
i. Proximidad y descentralización: La prestación de los servicios sociales se realizará desde el ámbito más cercano a las personas, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la
integración activa en la vida de su comunidad, siempre que sea posible.
j. Participación: Se promoverá y facilitará el derecho a la participación ciudadana, de forma individual o colectiva, en la definición, planificación, desarrollo, seguimiento, provisión y evaluación de los
servicios sociales.
l. Planificación y Coordinación: La Administración de la Comunidad Autónoma deberá planificar los recursos del Sistema de Servicios Sociales con la colaboración de las entidades locales y coordinar las
actuaciones de las Administraciones públicas entre sí en el ámbito de la Región, y de éstas con los recursos tanto de la iniciativa social como de la iniciativa privada mercantil dependientes de ambas
planificaciones, garantizándose igualmente la coordinación entre el Sistema de Servicios Sociales y los otros sistemas y políticas públicas de protección social.
n. Investigación, innovación y generación de conocimiento: Se promoverán los procesos de análisis de la realidad social, la detección de necesidades y la generación del conocimiento, así como la
implantación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, que aporten valor, integrando la innovación e investigación y la ética en este ámbito de actuación de los poderes públicos.
cve: BOE-A-2025-12604
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Proyecto n.º: 9
Nombre del proyecto: Proyectos innovadores con entidades locales para la atención integral de población vulnerable
Sec. III. Pág. 82264
Línea: C22.I2
d) Implementación de la Inversión.
2021-2022.
Identificación de necesidades en los ámbitos de inversión, que se realizará mediante encuesta a las direcciones de los centros de servicios sociales de atención primaria y convocatoria de manifestación
de interés para desarrollar los proyectos de innovación estableciendo los criterios de selección e implementación pertinentes.
Concesión de subvenciones a las Entidades Locales para la ejecución En función de las propuestas recibidas, se definirá la modalidad de ejecución de inversión más adecuada (convenio, convocatoria de
subvenciones u otras).
Inicio de ejecución de los proyectos innovadores.
2023.
Desarrollo de los proyectos innovadores y elaboración de informes de seguimiento de los proyectos.
Finalización de ejecución de algunos proyectos innovadores.
2024.
Desarrollo de los proyectos innovadores y elaboración de informes de seguimiento de los proyectos.
Finalización de ejecución de algunos proyectos innovadores.
2025.
Desarrollo de los proyectos innovadores y elaboración de informes de seguimiento de los proyectos.
Finalización de ejecución de todos los proyectos innovadores.
Elaboración del informe final de evaluación de todos los proyectos y planificación de acciones de transferencia de conocimiento.
e) Contribución de la inversión a los objetivos
establecidos en la(s) línea(s) que se adscribe.
Promover la innovación en el marco de los servicios sociales, poniendo en práctica iniciativas novedosas cuya evaluación permita extraer implicaciones para el conjunto del sistema, el intercambio del
conocimiento y el aprendizaje para orientar mejor los procesos de modernización que se pretenden impulsar.
f) Contribución de la inversión a otros objetivos
relevantes para la comunidad autónoma.
El proyecto contribuye a varias de las líneas prioritarias de actuación definidas en la ley 3/2021, que se han trabajado con los agentes relevantes en los servicios sociales de la Región de Murcia.
En primer lugar, se pretende dar respuesta a la necesidad detectada de atender «el crecimiento de las necesidades y demandas de atención, protección e integración social, asociadas a situaciones de
vulnerabilidad y de cronificación de las situaciones de exclusión social».
En segundo lugar, las actuaciones pretenden profundizar en el diseño de servicios sociales que consideran varios de los principios rectores recogidos en la ley, en especial:
f. Prevención y dimensión comunitaria: Las políticas de servicios sociales actuarán preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y
atendiendo al enfoque comunitario de las intervenciones sociales.
g. Prevención y dimensión comunitaria: Las políticas de servicios sociales actuarán preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y
atendiendo al enfoque comunitario de las intervenciones sociales.
h. Atención personalizada e integral y continuidad de la atención: Se garantizará una atención personalizada, es decir, ajustada a las necesidades particulares de la persona y su familia, basada en la
valoración integral de su situación, debiendo garantizarse la continuidad de la atención, aun cuando implique administraciones públicas o sistemas.
i. Proximidad y descentralización: La prestación de los servicios sociales se realizará desde el ámbito más cercano a las personas, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la
integración activa en la vida de su comunidad, siempre que sea posible.
j. Participación: Se promoverá y facilitará el derecho a la participación ciudadana, de forma individual o colectiva, en la definición, planificación, desarrollo, seguimiento, provisión y evaluación de los
servicios sociales.
l. Planificación y Coordinación: La Administración de la Comunidad Autónoma deberá planificar los recursos del Sistema de Servicios Sociales con la colaboración de las entidades locales y coordinar las
actuaciones de las Administraciones públicas entre sí en el ámbito de la Región, y de éstas con los recursos tanto de la iniciativa social como de la iniciativa privada mercantil dependientes de ambas
planificaciones, garantizándose igualmente la coordinación entre el Sistema de Servicios Sociales y los otros sistemas y políticas públicas de protección social.
n. Investigación, innovación y generación de conocimiento: Se promoverán los procesos de análisis de la realidad social, la detección de necesidades y la generación del conocimiento, así como la
implantación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, que aporten valor, integrando la innovación e investigación y la ética en este ámbito de actuación de los poderes públicos.
cve: BOE-A-2025-12604
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148