Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12842)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la organización del programa formativo de los funcionarios destinados a las oficinas económicas y comerciales en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83883
– Estrategias, programas, instrumentos y actividades de las Direcciones Generales
de la Secretaría de Estado de Comercio.
– Gestión de recursos y personas.
– Servicios ICEX en las Oficinas Económicas y Comerciales y sistemas de
Información, aplicables en la Red Exterior de la Secretaría de Estado de Comercio.
– Mesas redondas y visitas a diferentes instituciones que permitan conocer las
actividades que se desarrollan en las Oficinas Económicas y Comerciales.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
Para la realización del objeto del convenio, ambas partes trabajarán de forma
conjunta en el desarrollo de las siguientes actividades a realizar en el marco de la
Actividad de Formación.
3.1
Obligaciones del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
El Ministerio se compromete a:
i) Poner a disposición salas y demás instalaciones necesarias para el desarrollo
material de las sesiones que tengan lugar en la sede del Ministerio.
ii) Colaboración en la propuesta de los docentes participantes en las distintas
jornadas a lo largo de las cuales se desarrolle la Actividad de Formación.
iii) Aprobar, conjuntamente con ICEX, la propuesta técnica que defina los términos
en los que se desarrollará la Actividad de Formación.
iv) Realizar una aportación económica total a ICEX por todas las actividades de
formación por importe máximo de sesenta y dos mil quinientos setenta y cinco euros con
treinta y dos céntimos (62.575,32 €), IVA exento, como aportación dineraria destinada a
gastos originados por la ejecución de actividades en los que incurra ICEX de
conformidad con las obligaciones asumidas en el apartado 3.2 de la cláusula tercera.
3.2
Obligaciones de ICEX.
i) Diseñar y aprobar, conjuntamente con el Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa, la propuesta técnica que defina los términos en los que se desarrollará la
colaboración en la Actividad de Formación.
ii) Poner a disposición salas y demás instalaciones, así como medios materiales y
personales necesarios para el desarrollo material de las sesiones de las Actividades de
Formación que tengan lugar en la sede de ICEX.
iii) Realizar la dirección y coordinación académica entre cuyas tareas, se
encuentran: diseño de la Actividad de Formación y metodología (módulos, sesiones,
mesas redondas, actividades complementarias, etc.); selección de ponentes y
coordinación de sus participaciones; seguimiento de las actividades durante su
desarrollo; diseño de las encuestas finales de satisfacción; evaluación del resultado de la
actividad; control de inscripciones y asistencias al curso.
iv) Llevar a cabo la gestión académica de la Actividad de Formación, entre cuyas
tareas se encuentran: ejecución y asistencia diaria a alumno y colaboradores docentes;
control de aulas; recepción y tramitación de toda la documentación necesaria y
organización del recurso on-line de materiales; aplicación de encuestas de evaluación;
elaboración, en su caso, de certificados/diplomas de aprovechamiento; organización de
la logística de desplazamientos previstos durante las actividades y visitas.
v) Gestionar la docencia de la Actividad de Formación. Aportación de los
colaboradores docentes encargados de participar en las distintas jornadas a lo largo de
las cuales se desarrolle la Actividad de Formación y efectuar la gestión del pago de sus
servicios docentes prestados.
cve: BOE-A-2025-12842
Verificable en https://www.boe.es
ICEX se compromete a:
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83883
– Estrategias, programas, instrumentos y actividades de las Direcciones Generales
de la Secretaría de Estado de Comercio.
– Gestión de recursos y personas.
– Servicios ICEX en las Oficinas Económicas y Comerciales y sistemas de
Información, aplicables en la Red Exterior de la Secretaría de Estado de Comercio.
– Mesas redondas y visitas a diferentes instituciones que permitan conocer las
actividades que se desarrollan en las Oficinas Económicas y Comerciales.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
Para la realización del objeto del convenio, ambas partes trabajarán de forma
conjunta en el desarrollo de las siguientes actividades a realizar en el marco de la
Actividad de Formación.
3.1
Obligaciones del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
El Ministerio se compromete a:
i) Poner a disposición salas y demás instalaciones necesarias para el desarrollo
material de las sesiones que tengan lugar en la sede del Ministerio.
ii) Colaboración en la propuesta de los docentes participantes en las distintas
jornadas a lo largo de las cuales se desarrolle la Actividad de Formación.
iii) Aprobar, conjuntamente con ICEX, la propuesta técnica que defina los términos
en los que se desarrollará la Actividad de Formación.
iv) Realizar una aportación económica total a ICEX por todas las actividades de
formación por importe máximo de sesenta y dos mil quinientos setenta y cinco euros con
treinta y dos céntimos (62.575,32 €), IVA exento, como aportación dineraria destinada a
gastos originados por la ejecución de actividades en los que incurra ICEX de
conformidad con las obligaciones asumidas en el apartado 3.2 de la cláusula tercera.
3.2
Obligaciones de ICEX.
i) Diseñar y aprobar, conjuntamente con el Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa, la propuesta técnica que defina los términos en los que se desarrollará la
colaboración en la Actividad de Formación.
ii) Poner a disposición salas y demás instalaciones, así como medios materiales y
personales necesarios para el desarrollo material de las sesiones de las Actividades de
Formación que tengan lugar en la sede de ICEX.
iii) Realizar la dirección y coordinación académica entre cuyas tareas, se
encuentran: diseño de la Actividad de Formación y metodología (módulos, sesiones,
mesas redondas, actividades complementarias, etc.); selección de ponentes y
coordinación de sus participaciones; seguimiento de las actividades durante su
desarrollo; diseño de las encuestas finales de satisfacción; evaluación del resultado de la
actividad; control de inscripciones y asistencias al curso.
iv) Llevar a cabo la gestión académica de la Actividad de Formación, entre cuyas
tareas se encuentran: ejecución y asistencia diaria a alumno y colaboradores docentes;
control de aulas; recepción y tramitación de toda la documentación necesaria y
organización del recurso on-line de materiales; aplicación de encuestas de evaluación;
elaboración, en su caso, de certificados/diplomas de aprovechamiento; organización de
la logística de desplazamientos previstos durante las actividades y visitas.
v) Gestionar la docencia de la Actividad de Formación. Aportación de los
colaboradores docentes encargados de participar en las distintas jornadas a lo largo de
las cuales se desarrolle la Actividad de Formación y efectuar la gestión del pago de sus
servicios docentes prestados.
cve: BOE-A-2025-12842
Verificable en https://www.boe.es
ICEX se compromete a: