Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12842)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la organización del programa formativo de los funcionarios destinados a las oficinas económicas y comerciales en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83884
vi) Proporcionar los servicios o suministros necesarios para el funcionamiento de la
Actividad de Formación entre los que se contemplan: desplazamientos durante la
actividad, materiales, plataforma on-line, etc.
vii) Efectuar, en su caso, y conforme a la normativa que le resulte de aplicación, las
contrataciones necesarias para la ejecución de las actividades previstas en el presente
convenio.
viii) Presentar una memoria económica justificativa del gasto realizado para, en
base a la misma, recibir la correspondiente aportación económica conforme a lo previsto
en este convenio.
Cuarta. Compromiso económico.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en su calidad de responsable de la
formación de los destinatarios de la Actividad de Formación contemplada en el presente
convenio, se compromete a aportar, por cada anualidad de vigencia del convenio, un
máximo de quince mil seiscientos cuarenta y tres euros con ochenta y tres (15.643,83 €),
IVA exento, por la referida Actividad de Formación.
La
financiación
se
realizará
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 27.01.923Q.162.00. Esta aportación para la Actividad de Formación
realizada al amparo de este convenio será realizada por el Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa a ICEX, a la finalización de las mismas.
Por otra parte, ICEX, como responsable del diseño y organización de la Actividad de
Formación, se compromete a aportar todo su conocimiento y experiencia en su
organización y a realizar una aportación en especie, por cada anualidad, cuantificable en
un máximo de dos mil quinientos treinta y tres euros con doce céntimos (2.533,12 €), IVA
exento, para llevar a cabo las actividades previstas en el apartado 3.2 de la cláusula
tercera del presente convenio.
El total de las aportaciones económicas se realizarán por los importes y con el
desglose que figura detallado en el anexo de este convenio, previa conformidad con la
memoria económica descriptiva de la Actividad por parte de la Subdirección General de
Recursos Humanos.
Quinta.
Valoración y cumplimiento de objetivos.
Las Partes valorarán el cumplimiento de los objetivos establecidos en la ejecución de
la Actividad de Formación de cara a la posible implementación de mejoras continuas en
próximas actividades que pudieran organizarse.
A estos efectos, una vez finalizada la Actividad de Formación, y en un plazo no
superior a tres meses desde la finalización de las mismas, ICEX presentará a la
Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de la actividad realizada en el
marco del presente convenio.
El presente convenio tendrá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO)
hasta que se completen todas las acciones a realizar para la correcta ejecución de la
Actividad de Formación, sin que pueda exceder de cuatro años de duración desde que
adquiera eficacia.
Con carácter previo a la fecha de finalización del presente convenio, las Partes, de
mutuo acuerdo y de forma expresa, podrán acordar la prórroga del presente convenio
por cuatro años adicionales.
Este convenio se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez
inscrito en el REOICO, dentro de los cinco días siguientes a su formalización, sin
perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo
de diez días desde su formalización.
cve: BOE-A-2025-12842
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Vigencia.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83884
vi) Proporcionar los servicios o suministros necesarios para el funcionamiento de la
Actividad de Formación entre los que se contemplan: desplazamientos durante la
actividad, materiales, plataforma on-line, etc.
vii) Efectuar, en su caso, y conforme a la normativa que le resulte de aplicación, las
contrataciones necesarias para la ejecución de las actividades previstas en el presente
convenio.
viii) Presentar una memoria económica justificativa del gasto realizado para, en
base a la misma, recibir la correspondiente aportación económica conforme a lo previsto
en este convenio.
Cuarta. Compromiso económico.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en su calidad de responsable de la
formación de los destinatarios de la Actividad de Formación contemplada en el presente
convenio, se compromete a aportar, por cada anualidad de vigencia del convenio, un
máximo de quince mil seiscientos cuarenta y tres euros con ochenta y tres (15.643,83 €),
IVA exento, por la referida Actividad de Formación.
La
financiación
se
realizará
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 27.01.923Q.162.00. Esta aportación para la Actividad de Formación
realizada al amparo de este convenio será realizada por el Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa a ICEX, a la finalización de las mismas.
Por otra parte, ICEX, como responsable del diseño y organización de la Actividad de
Formación, se compromete a aportar todo su conocimiento y experiencia en su
organización y a realizar una aportación en especie, por cada anualidad, cuantificable en
un máximo de dos mil quinientos treinta y tres euros con doce céntimos (2.533,12 €), IVA
exento, para llevar a cabo las actividades previstas en el apartado 3.2 de la cláusula
tercera del presente convenio.
El total de las aportaciones económicas se realizarán por los importes y con el
desglose que figura detallado en el anexo de este convenio, previa conformidad con la
memoria económica descriptiva de la Actividad por parte de la Subdirección General de
Recursos Humanos.
Quinta.
Valoración y cumplimiento de objetivos.
Las Partes valorarán el cumplimiento de los objetivos establecidos en la ejecución de
la Actividad de Formación de cara a la posible implementación de mejoras continuas en
próximas actividades que pudieran organizarse.
A estos efectos, una vez finalizada la Actividad de Formación, y en un plazo no
superior a tres meses desde la finalización de las mismas, ICEX presentará a la
Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de la actividad realizada en el
marco del presente convenio.
El presente convenio tendrá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO)
hasta que se completen todas las acciones a realizar para la correcta ejecución de la
Actividad de Formación, sin que pueda exceder de cuatro años de duración desde que
adquiera eficacia.
Con carácter previo a la fecha de finalización del presente convenio, las Partes, de
mutuo acuerdo y de forma expresa, podrán acordar la prórroga del presente convenio
por cuatro años adicionales.
Este convenio se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez
inscrito en el REOICO, dentro de los cinco días siguientes a su formalización, sin
perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo
de diez días desde su formalización.
cve: BOE-A-2025-12842
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Vigencia.