Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. I. Disposiciones generales. Gas natural. (BOE-A-2025-12964)
Circular 5/2025, de 18 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de información regulatoria de costes de la actividad de distribución de gas natural.
129 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84433
desglosando, únicamente, el concepto de costes de Materiales y Equipos para las
actividades vinculadas a distribución.
4.6
Formulario 18: Actividades conexas.
Cada producto y/o servicio conexo realizado por la empresa declarante se
identificará con un código identificativo único (CUCON) y generado por la empresa en el
año que se informe por primera vez de dicha actividad, de acuerdo con la siguiente
estructura:
CONEXA[XXX][SC] [N.º Secuencial]
Donde:
[XXX] es el código identificativo con el que la empresa declara al Sistema IRC.
[SC] Código de estandarización del producto y/o servicio conexo según la Tabla 20
del anexo II.
[N.º Secuencial]: Secuencial numérico para codificar el conjunto de productos y/o
servicios conexos. Tendrá tres caracteres numéricos, y será generado a partir del «001»,
debiendo tener continuidad.
En el caso de que una actividad conexa ejercida esté relacionada con más de un
bloque de servicios según los definidos con la codificación [SC] en la mencionada tabla,
se deberá declarar una conexa por cada bloque de servicios que integra la actividad
(obteniéndose así los ingresos diferenciados por cada uno). Por ejemplo, si un contrato
refleja la cesión de uso de cable telecomunicaciones y el mantenimiento del mismo u
otro cable, deberá indicarse un Código Estandarización para la cesión de uso y otro para
el mantenimiento.
4.6.1 Registro de actividades conexas realizadas y adquirientes en el año
declarado (F18-AC1).
En este bloque se declaran todas aquellas actividades conexas realizadas por la
empresa declarante en el ejercicio de declaración.
Para cada código CUCON declarado en el formulario F18-AC1 que se declare por
primera vez, o que habiéndose ya declarado tenga que actualizar su descriptivo, se
adjuntará un fichero en formato pdf. (editable/legible por procesador de texto), a incluir
en el archivo.zip de la declaración anual, con la descripción y la información
individualizada de detalle y alcance del producto y/o servicio conexo que presta la
empresa declarante. La denominación será:
INFO-[CUCON]-[AA].pdf
[CUCON] hace referencia a los 14 caracteres del código identificativo único generado
por la empresa para la actividad conexa.
[AA] corresponde a los dos últimos dígitos del año de declaración en el que se está
aportando el documento. Por ejemplo, cuando se declara para la entrega anterior a 1 de
julio de 2023 la información de 2022, se deberá indicar 22. Si durante 2023 el servicio
CUCON tiene algún cambio, cuando se declare en 2024 la información de 2023, se
deberá adjuntar el fichero que actualiza y sustituye al anterior con el mismo nombre y
sustituyendo 22 por 23.
Cuando sea necesario aportar varios ficheros.pdf, se agruparán en un único
fichero.zip con la misma denominación que el archivo.pdf indicado anteriormente. Para
cada código CUCON declarado en el bloque F18-AC1, se incluirán tantas líneas como
adquirientes del mismo existan durante el periodo declarado, indicándose para cada uno
cve: BOE-A-2025-12964
Verificable en https://www.boe.es
Donde:
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84433
desglosando, únicamente, el concepto de costes de Materiales y Equipos para las
actividades vinculadas a distribución.
4.6
Formulario 18: Actividades conexas.
Cada producto y/o servicio conexo realizado por la empresa declarante se
identificará con un código identificativo único (CUCON) y generado por la empresa en el
año que se informe por primera vez de dicha actividad, de acuerdo con la siguiente
estructura:
CONEXA[XXX][SC] [N.º Secuencial]
Donde:
[XXX] es el código identificativo con el que la empresa declara al Sistema IRC.
[SC] Código de estandarización del producto y/o servicio conexo según la Tabla 20
del anexo II.
[N.º Secuencial]: Secuencial numérico para codificar el conjunto de productos y/o
servicios conexos. Tendrá tres caracteres numéricos, y será generado a partir del «001»,
debiendo tener continuidad.
En el caso de que una actividad conexa ejercida esté relacionada con más de un
bloque de servicios según los definidos con la codificación [SC] en la mencionada tabla,
se deberá declarar una conexa por cada bloque de servicios que integra la actividad
(obteniéndose así los ingresos diferenciados por cada uno). Por ejemplo, si un contrato
refleja la cesión de uso de cable telecomunicaciones y el mantenimiento del mismo u
otro cable, deberá indicarse un Código Estandarización para la cesión de uso y otro para
el mantenimiento.
4.6.1 Registro de actividades conexas realizadas y adquirientes en el año
declarado (F18-AC1).
En este bloque se declaran todas aquellas actividades conexas realizadas por la
empresa declarante en el ejercicio de declaración.
Para cada código CUCON declarado en el formulario F18-AC1 que se declare por
primera vez, o que habiéndose ya declarado tenga que actualizar su descriptivo, se
adjuntará un fichero en formato pdf. (editable/legible por procesador de texto), a incluir
en el archivo.zip de la declaración anual, con la descripción y la información
individualizada de detalle y alcance del producto y/o servicio conexo que presta la
empresa declarante. La denominación será:
INFO-[CUCON]-[AA].pdf
[CUCON] hace referencia a los 14 caracteres del código identificativo único generado
por la empresa para la actividad conexa.
[AA] corresponde a los dos últimos dígitos del año de declaración en el que se está
aportando el documento. Por ejemplo, cuando se declara para la entrega anterior a 1 de
julio de 2023 la información de 2022, se deberá indicar 22. Si durante 2023 el servicio
CUCON tiene algún cambio, cuando se declare en 2024 la información de 2023, se
deberá adjuntar el fichero que actualiza y sustituye al anterior con el mismo nombre y
sustituyendo 22 por 23.
Cuando sea necesario aportar varios ficheros.pdf, se agruparán en un único
fichero.zip con la misma denominación que el archivo.pdf indicado anteriormente. Para
cada código CUCON declarado en el bloque F18-AC1, se incluirán tantas líneas como
adquirientes del mismo existan durante el periodo declarado, indicándose para cada uno
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