Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-13121)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, para personas que acrediten discapacidad intelectual, de plazas de personal laboral fijo de la categoría de Auxiliar de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Viernes 27 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 85052

habilitados para ello los Campus universitarios a los que se opta, correspondientes a los
destinos de los puestos de trabajo que con carácter temporal pudiesen serles ofertados.
En el caso de no cumplimentar estas casillas se entenderá que la persona aspirante opta
a la Bolsa de Empleo de todos los Campus. Estas bolsas se constituirán y tendrán
efectos de conformidad con la regulación vigente que establezca el Reglamento de
Creación y Gestión de Bolsas de Empleo para la contratación de personal laboral
temporal de determinados grupos, categorías y especialidades de la Universidad de
Valladolid.
Códigos a cumplimentar en la solicitud, correspondientes a los campus de las ofertas
de empleo a las que se opta:
Campus

Código

Valladolid.

VA

Palencia.

PA

Segovia.

SG

Soria.

SO

No pertenecer a la Bolsa de Empleo.

NB

La relación de personas aspirantes incluidas en la correspondiente Bolsa de Empleo
se hará pública una vez finalizado el proceso selectivo. Las personas aspirantes
figurarán relacionadas por orden de prelación, identificadas según lo previsto por la
LOPDP y con la referencia de los campus seleccionados que son de su interés.
3.10

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Las personas aspirantes extranjeras a que hace referencia la base 2.2, en sus
apartados c), d) y e), deberán presentar declaración jurada o promesa con el siguiente
contenido:

Una vez finalizado el proceso selectivo, el contenido de esta declaración deberá ser
acreditada mediante los correspondientes documentos oficiales, bajo copia auténtica,
conforme con lo establecido en la base 10.1.
b) Sin perjuicio de la documentación que se presente conforme a lo establecido en
la base 10.1.e), las personas aspirantes podrán presentar copia de la acreditación de
personas con discapacidad intelectual, a los efectos de facilitar la tramitación de su
solicitud y, en su caso, de las posibles adaptaciones a tener en cuenta.
c) A fin de cumplir con el requisito de titulación, se deberá anexar mediante el
correspondiente documento oficial aquellas acreditaciones que sean distintas a la
posesión de un título académico oficial.

cve: BOE-A-2025-13121
Verificable en https://www.boe.es

– Las personas referidas en el apartado c), declaración del vínculo de parentesco y,
en su caso, dependencia. Asimismo, en el supuesto de aquellas personas aspirantes
que participen por su condición de cónyuge, deberán presentar declaración jurada o
promesa de éste de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
– Las personas referidas en el apartado d), declaración de poseer el derecho de libre
circulación de trabajadores en virtud de aplicación del correspondiente Tratado
Internacional celebrados por la Unión Europea y ratificado por España (indicándose la
fecha de su publicación en el diario oficial de la Unión Europea –DOUE–).
– Las personas referidas en el apartado c), declaración de poseer la residencia legal
en España, indicando la fecha de expedición del permiso y fecha de validez del mismo.