Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13125)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Algeciras, para el desarrollo de actuaciones en parte de las zonas del proyecto integral «Lago Marítimo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Viernes 27 de junio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 85087
Actuaciones a realizar con respecto a la Zona C2.
– Por la APBA:
La APBA será la encargada de licitar, contratar y abonar a su coste la ejecución del
proyecto de urbanización del bulevar en la Zona C2 al que se hace mención en el
exponendo III, conforme al «Proyecto de ordenación integral y urbanización del frente
norte del Llano Amarillo y la zona de contacto puerto-ciudad con la avenida Virgen del
Carmen, Fase III: zona de contacto puerto-ciudad desde la glorieta Blas Infante hasta el
Oasis - 09/22-D.S.» (en adelante el Proyecto) redactado por Ayesa.
Al objeto de mantener un aspecto de continuidad en todo el proyecto del Lago
Marítimo, la APBA velará porque el diseño, calidades de materiales y de equipamiento
del mobiliario urbano de dicho proyecto de bulevar estén en consonancia con los
establecidos en el proyecto ejecutado por parte del Ayuntamiento en la Zona C1.
La APBA mantendrá informado al Ayuntamiento bien directamente o en el seno de
las reuniones de la Comisión General de Seguimiento de los distintos momentos de los
procesos administrativos y del estado de ejecución en que se encuentre la actuación
proyectada.
– Por el Ayuntamiento:
El Ayuntamiento previamente a la licitación de las obras por parte de la APBA
facilitará a esta toda la información actualizada de las infraestructuras que, bajo su
competencia, si las hubiera, discurran por el subsuelo de dicha Zona C2, tanto de su
titularidad directa como de terceros, tales como tendidos eléctricos, redes de suministro
de aguas, saneamientos, pluviales, de depuración, telecomunicaciones, etc.
El Ayuntamiento facilitará con la mayor diligencia posible las correspondientes
autorizaciones expresas mediante la emisión de los documentos que sean necesarios,
como por ejemplo el certificado de disponibilidad de los terrenos para la ejecución del
Proyecto, etc.
Tercera. Aspectos económicos del convenio.
Como se ha recogido en la cláusula segunda, la APBA sufragará a su costa los
costes inherentes a la ejecución del proyecto de urbanización del bulevar en la Zona C2
al que se hace mención en el exponendo III por un importe estimado de 2.500.000 euros.
La APBA licitará dicho proyecto en el plazo de seis meses desde que el presente
convenio adquiera eficacia.
Las partidas necesarias habrán de ser compatibles con el Plan de Empresa de la
APBA correspondiente a cada anualidad. No obstante, en caso de que tales importes no
contaran con la correspondiente dotación presupuestaria en alguna de las anualidades,
la APBA lo comunicará al Ayuntamiento en el plazo de veinte días desde el conocimiento
de tal circunstancia, a fin de que la Comisión General de Seguimiento pueda reunirse al
objeto de valorar el nuevo escenario y caso de existir acuerdo, proponer a ambos
organismos para su aprobación una nueva línea de actuación.
Comisión General de Seguimiento.
1. Para el seguimiento de este convenio, se crea una comisión mixta formada por
seis personas: tres representantes del Ayuntamiento y otros tres representantes de la
APBA. La determinación de quienes forman parte de la misma y las posibles
modificaciones serán comunicadas a la otra parte por los representantes de cada
entidad.
2. Las personas que ostentará la Presidencia y Secretaría de la comisión serán
acordadas en el seno de la misma.
cve: BOE-A-2025-13125
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 154
Viernes 27 de junio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 85087
Actuaciones a realizar con respecto a la Zona C2.
– Por la APBA:
La APBA será la encargada de licitar, contratar y abonar a su coste la ejecución del
proyecto de urbanización del bulevar en la Zona C2 al que se hace mención en el
exponendo III, conforme al «Proyecto de ordenación integral y urbanización del frente
norte del Llano Amarillo y la zona de contacto puerto-ciudad con la avenida Virgen del
Carmen, Fase III: zona de contacto puerto-ciudad desde la glorieta Blas Infante hasta el
Oasis - 09/22-D.S.» (en adelante el Proyecto) redactado por Ayesa.
Al objeto de mantener un aspecto de continuidad en todo el proyecto del Lago
Marítimo, la APBA velará porque el diseño, calidades de materiales y de equipamiento
del mobiliario urbano de dicho proyecto de bulevar estén en consonancia con los
establecidos en el proyecto ejecutado por parte del Ayuntamiento en la Zona C1.
La APBA mantendrá informado al Ayuntamiento bien directamente o en el seno de
las reuniones de la Comisión General de Seguimiento de los distintos momentos de los
procesos administrativos y del estado de ejecución en que se encuentre la actuación
proyectada.
– Por el Ayuntamiento:
El Ayuntamiento previamente a la licitación de las obras por parte de la APBA
facilitará a esta toda la información actualizada de las infraestructuras que, bajo su
competencia, si las hubiera, discurran por el subsuelo de dicha Zona C2, tanto de su
titularidad directa como de terceros, tales como tendidos eléctricos, redes de suministro
de aguas, saneamientos, pluviales, de depuración, telecomunicaciones, etc.
El Ayuntamiento facilitará con la mayor diligencia posible las correspondientes
autorizaciones expresas mediante la emisión de los documentos que sean necesarios,
como por ejemplo el certificado de disponibilidad de los terrenos para la ejecución del
Proyecto, etc.
Tercera. Aspectos económicos del convenio.
Como se ha recogido en la cláusula segunda, la APBA sufragará a su costa los
costes inherentes a la ejecución del proyecto de urbanización del bulevar en la Zona C2
al que se hace mención en el exponendo III por un importe estimado de 2.500.000 euros.
La APBA licitará dicho proyecto en el plazo de seis meses desde que el presente
convenio adquiera eficacia.
Las partidas necesarias habrán de ser compatibles con el Plan de Empresa de la
APBA correspondiente a cada anualidad. No obstante, en caso de que tales importes no
contaran con la correspondiente dotación presupuestaria en alguna de las anualidades,
la APBA lo comunicará al Ayuntamiento en el plazo de veinte días desde el conocimiento
de tal circunstancia, a fin de que la Comisión General de Seguimiento pueda reunirse al
objeto de valorar el nuevo escenario y caso de existir acuerdo, proponer a ambos
organismos para su aprobación una nueva línea de actuación.
Comisión General de Seguimiento.
1. Para el seguimiento de este convenio, se crea una comisión mixta formada por
seis personas: tres representantes del Ayuntamiento y otros tres representantes de la
APBA. La determinación de quienes forman parte de la misma y las posibles
modificaciones serán comunicadas a la otra parte por los representantes de cada
entidad.
2. Las personas que ostentará la Presidencia y Secretaría de la comisión serán
acordadas en el seno de la misma.
cve: BOE-A-2025-13125
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.