Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13209)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio Colectivo de Assured Fleet Services, SL.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Sábado 28 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 85708

precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de cuidado del lactante o la
reducción de jornada.
Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria
y la determinación de los periodos de disfrute serán resueltas por la jurisdicción social a
través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
6. Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia
de género, de violencia sexual o de víctimas del terrorismo tendrán derecho, para hacer
efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la
jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del
tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario
flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la
empresa. También tendrán derecho a realizar su trabajo total o parcialmente a distancia
o a dejar de hacerlo si este fuera el sistema establecido, siempre en ambos casos que
esta modalidad de prestación de servicios sea compatible con el puesto y funciones
desarrolladas por la persona.
7. La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de
fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con
familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan
indispensable su presencia inmediata.
Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de
ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al
año, aportando las personas trabajadoras, en su caso, acreditación del motivo de
ausencia.
Tienen la misma consideración la pareja de hecho estable legalmente acreditada en
el registro de parejas de hecho del ayuntamiento correspondiente, en relación con los
permisos aquí descritos.
Artículo 22. Cese en la empresa.
Los trabajadores que deseen cesar en la empresa estarán obligados a comunicar su
decisión por escrito, dando a la empresa los preavisos que se indican a continuación:
Personal de Dirección de Empresa: Dos meses de preaviso.
Personal técnico y administrativo:
– Jefes de negociado y oficiales administrativos: Treinta días hábiles.
– Resto de categorías: Quince días hábiles.
Personal de operaciones y de movimiento:
– Coordinadores de servicios y jefes de turno /equipo: Treinta días hábiles.
– Resto de categorías: Quince días hábiles.
La falta de cumplimiento del preaviso comportará la pérdida de los salarios que
correspondan a los días que se hubieran dejado de preavisar.

Estructura salarial y condiciones económicas
Artículo 23.

Estructura salarial.

Tabla salarial: Figurarán anexos al presente convenio con las categorías y tablas
salariales pactadas al efecto.
Salario base: Se entiende por salario base la retribución correspondiente a cada
categoría profesional, por desarrollar las tareas inherentes a las mismas y

cve: BOE-A-2025-13209
Verificable en https://www.boe.es

CAPÍTULO IV