Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13323)
Resolución de 20 de junio de 2025, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Luzón «Unidos contra la ELA», para realizar la evaluación y selección final de las propuestas de investigación presentadas a las convocatorias de ayudas Unzué-Luzón para la investigación de esclerosis lateral amiotrófica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86409

– La Fundación Luzón, por su parte, financiará los costes de evaluación de las
personas expertas internaciones que sean designadas, en concepto de gastos
asociados a la realización de los informes de evaluación y seguimiento, previstos
en la cláusula Segunda del convenio. Estos costes serán de 200 euros por
evaluación internacional realizada de cada proyecto.
– Así mismo, La Fundación Luzón financiará hasta 2.400.000 euros a
distribuir, con base en la puntuación obtenida por la evaluación del ISCIII, en las
distintas convocatorias de ayudas que se pongan en marcha al amparo de este
convenio.»
Segundo.

Modificación cláusula segunda.

Se modifica la cláusula segunda del convenio, que queda redactada en los siguientes
términos:

La Fundación LUZÓN propondrá al ISCIII los evaluadores internacionales
expertos en Esclerosis Lateral Amiotrófica que considere oportunos.
El ISCIII, por su parte, evaluará las candidaturas presentadas a las Ayudas
Unzué-Luzón para la investigación de Esclerosis Lateral Amiotrófica que se
pongan en marcha al amparo de este convenio en el periodo 2023-2026, que
serán remitidas al ISCIII por la Fundación Luzón a través de las plataformas
electrónicas que se establezcan en las bases de las convocatorias que publicará
la Fundación al efecto.
El ISCIII dispone en su repositorio de evaluadores internacionales que ya han
participado en convocatorias propias. Por ello, para conformar el grupo de
evaluadores de las siguientes convocatorias de las Ayudas, el ISCIII puede contar
con personas de este repositorio, incorporando además a los expertos propuestos
por la Fundación Luzón.
El ISCIII, designará una persona experta que coordinará todo el proceso de
evaluación. La persona que actúe como coordinadora de la Comisión Técnica de
Evaluación (en adelante, CTE), será quien designe a los expertos sintetizadores
que considere necesarios y a los evaluadores internacionales expertos que van a
participar en cada convocatoria, de entre los propuestos por La Fundación Luzón y
de entre los evaluadores internacionales que formen parte de la base de datos de
evaluadores del ISCIII.
Todas las personas que participen en la evaluación: coordinador, sintetizadores,
y expertos internacionales serán nombrados por la Dirección del ISCIII.
EL ISCIII gestionará la evaluación de las candidaturas presentadas mediante
personas expertas de acreditado nivel científico-técnico que, de modo
confidencial, al objeto de mantener la independencia evaluadora del proceso,
emitirán un informe sobre cada propuesta.
Cada candidatura será evaluada de forma simultánea e independiente, por dos
expertos internacionales, considerando una tercera valoración en caso de que las
discrepancias entre ambas lo requieran, siendo este supuesto establecido de
forma explícita a criterio de la persona que coordina la CTE.
El ISCIII abonará los honorarios a la persona experta que coordine la CTE,
que tendrá una asignación económica, en virtud de las labores de gestión y
dirección desempeñadas durante los meses que dure la evaluación de cada
convocatoria, de acuerdo con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, actualizada por la Orden ministerial de
Hacienda de 6 de febrero de 2024 (en adelante, Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo).

cve: BOE-A-2025-13323
Verificable en https://www.boe.es

«Segunda. Alcance de las actividades que realizarán las partes durante el
proceso de evaluación.