Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13323)
Resolución de 20 de junio de 2025, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Luzón «Unidos contra la ELA», para realizar la evaluación y selección final de las propuestas de investigación presentadas a las convocatorias de ayudas Unzué-Luzón para la investigación de esclerosis lateral amiotrófica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86410
Asimismo, el ISCIII abonará los honorarios a la/s personas expertas, que
participen en su caso como sintetizadores de la CTE, que tendrán una asignación
económica, en virtud de las labores de gestión desempeñadas durante los meses
que dure la evaluación de cada convocatoria, de acuerdo con el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
El ISCIII facilitará a la Fundación Luzón un listado con las personas expertas
internacionales que hayan participado en la evaluación, así como, los importes a
abonar y los datos necesarios para que puedan realizar el pago correspondiente a
cada una de ellas.
La persona coordinadora junto con los sintetizadores, en su caso, realizarán la
síntesis de los informes emitidos por los expertos internacionales, elaborando un
informe final de cada proyecto que sintetice la valoración emitida en los diferentes
informes de evaluación. El tiempo de evaluación y preparación de dicho informe
final por parte del ISCIII será como máximo de tres meses tras la recepción de
todas las candidaturas.
Dicho informe será remitido para su custodia a la Fundación Luzón en
condiciones tales que se garantice su confidencialidad.
Adicionalmente, el ISCIII elaborará un informe de evaluación individualizada de
cada proyecto evaluado. Del contenido de dicho informe, la Fundación Luzón
podrá informar al Centro Investigador que haya presentado el proyecto y que lo
requiera.
Finalmente, la Fundación Luzón podrá solicitar en casos justificados al ISCIII
los informes originales de evaluación de los expertos internacionales. EL ISCIII
mandará dichos informes a la Fundación Luzón.
En la evaluación serán de aplicación los siguientes criterios:
Criterios de valoración científico-técnica de los proyectos (hasta 85 puntos):
– Calidad científica: valoración de la hipótesis planteada, competencia sobre el
grado de conocimiento del tema, idoneidad de la propuesta planteada; claridad y
concreción de los objetivos, adecuación metodológica (hasta 35 puntos).
– Capacidad de investigación del Investigador Principal e historial científico del
grupo, relacionado con el tema del proyecto y con especial relevancia en los
últimos cinco años (hasta 20 puntos).
– Viabilidad científica y presupuestaria del proyecto presentado: adecuación
del equipo, los recursos, el plan de trabajo, el cronograma y el presupuesto
(hasta 20 puntos).
– Existencia de un plan adecuado y suficiente para la difusión y transferencia
de resultados del proyecto (hasta 10 puntos).
Criterios de valoración estratégicos y de oportunidad de los proyectos,
basados en el valor añadido del trabajo realizado en red (hasta 15 puntos):
– Colaboraciones con equipos investigadores de distintos centros nacionales
(hasta 10 puntos).
– Colaboración internacional (hasta 5 puntos).
El ISCIII realizará el seguimiento científico de las candidaturas que resulten
financiadas en las convocatorias puestas en marcha al amparo de este convenio
en el periodo 2023-2026. Para ello, recibirá desde la Fundación Luzón los
informes anuales de ejecución de cada proyecto a través de los medios
electrónicos adecuados. El ISCIII elaborará un informe de seguimiento
individualizado de cada proyecto remitido desde la Fundación Luzón. Del
contenido de dicho informe, la Fundación Luzón podrá informar al Centro
Investigador que haya presentado el proyecto y que lo requiera.
cve: BOE-A-2025-13323
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86410
Asimismo, el ISCIII abonará los honorarios a la/s personas expertas, que
participen en su caso como sintetizadores de la CTE, que tendrán una asignación
económica, en virtud de las labores de gestión desempeñadas durante los meses
que dure la evaluación de cada convocatoria, de acuerdo con el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
El ISCIII facilitará a la Fundación Luzón un listado con las personas expertas
internacionales que hayan participado en la evaluación, así como, los importes a
abonar y los datos necesarios para que puedan realizar el pago correspondiente a
cada una de ellas.
La persona coordinadora junto con los sintetizadores, en su caso, realizarán la
síntesis de los informes emitidos por los expertos internacionales, elaborando un
informe final de cada proyecto que sintetice la valoración emitida en los diferentes
informes de evaluación. El tiempo de evaluación y preparación de dicho informe
final por parte del ISCIII será como máximo de tres meses tras la recepción de
todas las candidaturas.
Dicho informe será remitido para su custodia a la Fundación Luzón en
condiciones tales que se garantice su confidencialidad.
Adicionalmente, el ISCIII elaborará un informe de evaluación individualizada de
cada proyecto evaluado. Del contenido de dicho informe, la Fundación Luzón
podrá informar al Centro Investigador que haya presentado el proyecto y que lo
requiera.
Finalmente, la Fundación Luzón podrá solicitar en casos justificados al ISCIII
los informes originales de evaluación de los expertos internacionales. EL ISCIII
mandará dichos informes a la Fundación Luzón.
En la evaluación serán de aplicación los siguientes criterios:
Criterios de valoración científico-técnica de los proyectos (hasta 85 puntos):
– Calidad científica: valoración de la hipótesis planteada, competencia sobre el
grado de conocimiento del tema, idoneidad de la propuesta planteada; claridad y
concreción de los objetivos, adecuación metodológica (hasta 35 puntos).
– Capacidad de investigación del Investigador Principal e historial científico del
grupo, relacionado con el tema del proyecto y con especial relevancia en los
últimos cinco años (hasta 20 puntos).
– Viabilidad científica y presupuestaria del proyecto presentado: adecuación
del equipo, los recursos, el plan de trabajo, el cronograma y el presupuesto
(hasta 20 puntos).
– Existencia de un plan adecuado y suficiente para la difusión y transferencia
de resultados del proyecto (hasta 10 puntos).
Criterios de valoración estratégicos y de oportunidad de los proyectos,
basados en el valor añadido del trabajo realizado en red (hasta 15 puntos):
– Colaboraciones con equipos investigadores de distintos centros nacionales
(hasta 10 puntos).
– Colaboración internacional (hasta 5 puntos).
El ISCIII realizará el seguimiento científico de las candidaturas que resulten
financiadas en las convocatorias puestas en marcha al amparo de este convenio
en el periodo 2023-2026. Para ello, recibirá desde la Fundación Luzón los
informes anuales de ejecución de cada proyecto a través de los medios
electrónicos adecuados. El ISCIII elaborará un informe de seguimiento
individualizado de cada proyecto remitido desde la Fundación Luzón. Del
contenido de dicho informe, la Fundación Luzón podrá informar al Centro
Investigador que haya presentado el proyecto y que lo requiera.
cve: BOE-A-2025-13323
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 156