Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13284)
Resolución de 20 de junio de 2025, del Parque Móvil del Estado, por la que se publica el Convenio con la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, para establecer las condiciones de servicio de prestación de servicios automovilísticos con motivo de la IV Conferencia sobre Financiación para el Desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86126

VII. Los conductores del Parque Móvil del Estado responderán de las multas y
sanciones que por cualquier causa puedan recaer sobre los mismos durante la
prestación de los servicios de automovilismo.
VIII. Respecto de los vehículos de alquiler gestionados por la Oficina, los servicios
de grúa se tramitarán conforme a las pólizas de seguro de cada vehículo, no prestando
el Parque Móvil del Estado los servicios de grúa ni de reparación de dichos vehículos.
b) La Oficina asume los siguientes compromisos:
I. La Oficina gestionará con cargo a su presupuesto el alquiler de los vehículos que
sean necesarios, además de los vehículos que aporta el PME, para la prestación de los
servicios de automovilismo con ocasión de la Cumbre. En concreto, la Oficina asume el
servicio de alquiler de vehículos prestado por la Agencia de Viajes de El Corte Inglés, a
través de contratación centralizada.
II. Comunicará al Parque Móvil del Estado, con la antelación indispensable, los
actos institucionales a llevar a cabo, los días de duración inicialmente previstos de los
mismos y el programa de actividades que le afecten, con el fin de adaptar los servicios
automovilísticos a las necesidades que se requieran.
III. Los conductores participantes en la Cumbre que no pertenezcan al PME
deberán atender en todo momento a las instrucciones de los coordinadores de flota
respecto del uso de las tarjetas de repostado.
Cuarta.

Régimen económico.

El presente convenio comporta obligaciones económicas para el Parque Móvil del
Estado, al asumir con cargo a su Presupuesto corriente en el programa 921T los gastos
que se mencionan en la cláusula tercera a).iv, los cuales se estiman en un total
de 1.045.189 euros. Estos gastos se devengarán a partir del 23 de junio hasta el 5 de
julio motivados por la necesidad de disponer de personal del Parque Móvil del Estado,
según las necesidades de organización logística establecidas por la Oficina.
El desglose por conceptos presupuestarios es el siguiente:





230 Dietas: Alojamientos 707.206 euros y Manutención 132.152 euros.
221.03 Combustible: Combustible 201.331 euros.
214 Elementos de transporte: Lavado vehículos 3.000 euros.
223 Transportes: Peajes 1.500 euros.

Por su parte, la Oficina gestionará, con cargo a su presupuesto, el alquiler de los
vehículos que sean necesarios, además de los vehículos que aporta el PME, para la
prestación de los servicios de automovilismo con ocasión de la Cumbre. En concreto, la
Oficina asume el servicio de alquiler de vehículos prestado por la Agencia de Viajes de El
Corte Inglés, a través de contratación centralizada, con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.07.912M. 227.06. Este servicio se ha presupuestado por Viajes El
Corte Inglés por un importe de 655.446,75 euros + IVA (Importe total con IVA: 793.090,57
euros).

Se constituye una Comisión Mixta, integrada por dos representantes, titular y
suplente, por cada una de las partes, a la que corresponderá velar por el correcto
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este convenio. Dicha Comisión se reunirá
tantas veces como sus miembros acuerden.
Sexta.

Eficacia, vigencia y transparencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios.

cve: BOE-A-2025-13284
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Comisión Mixta de Seguimiento.