Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-13382)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo de los Grupos I, II y III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Martes 1 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 86675

establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante –LPACAP–.
La documentación acreditativa por cada tipo de mérito será la siguiente:
a) Experiencia profesional: En el caso del desempeño de puestos de trabajo
similares a los correspondientes de las plazas convocadas, cuando estos puestos de
trabajo hayan sido desempeñados, mediante contrato o nombramiento, en otras
administraciones públicas de las comprendidas dentro del artículo 2.1 del TREBEP,
certificación de la Unidad de Personal correspondiente, en la que se indicarán los
extremos referentes a tipo de contrato (en caso de tiempo parcial, porcentaje), fecha de
inicio y fin de cada uno de ellos, así como el grupo laboral, las categorías profesionales
de los puestos desempeñados y el índice de proporcionalidad de los mismos. Asimismo,
deberá presentarse vida «Informe de vida laboral» expedido por la Tesorería General de
la Seguridad Social en el que se acrediten los períodos de cotización y el grupo de
cotización.
b) Formación: Para la acreditación de las actividades de formación y
perfeccionamiento deberán ser acreditadas adjuntando el diploma, certificación de
asistencia y, en su caso, certificación de aprovechamiento, donde figure el número de
horas realizadas.
c) Titulaciones: Para la valoración
necesariamente, dos titulaciones:

de

este

mérito

deberán

presentarse,

– La primera, referida a aquella que da acceso a las plazas convocadas.
– La segunda, referida a aquella titulación superior a la anterior, la cual será objeto
de valoración según los criterios establecidos en la base 5.2.2.d).
En el caso de que el interesado autorice en su solicitud de participación la
verificación de sus datos, será tenida en cuenta a los efectos de su acreditación las
titulaciones correspondientes que hayan sido verificadas electrónicamente mediante el
servicio de Consulta de Títulos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, siempre y cuando haya sido alegada la correspondiente titulación superior.
Para acreditar la posesión de un título universitario oficial se tendrán en
consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
5.3

Criterios generales de discriminación positiva:

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección, y en todo
caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

En los impresos para la realización de pruebas escritas del proceso selectivo que no
hayan de ser leídos ante Tribunales, sino corregidos directamente por éstos, no podrá
constar ningún dato de identificación personal de la persona aspirante en la parte de la
hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por los mismos. En el caso de
advertirse algún dato identificativo durante el proceso de corrección de los ejercicios,
quedará invalidado el ejercicio realizado por la persona aspirante.

cve: BOE-A-2025-13382
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6. Hojas de respuestas y corrección