Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-13382)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo de los Grupos I, II y III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Martes 1 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 86679

La presentación de estas solicitudes de reclamación se efectuará a través de la sede
electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»), mediante el
modelo de «Solicitud General».
8.8 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses, a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOCYL de la resolución
que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. Las personas
solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo
establecido sin que recaiga resolución expresa.
Listas de aprobados/as y valoración final

9.1 La relación de aspirantes que hayan superado los correspondientes ejercicios
de la fase de oposición, en su caso, por cada turno de acceso, se hará pública mediante
acuerdo del respectivo Tribunal en los lugares señalados en la base 4.4. Las personas
aspirantes que no se hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la
consideración de no aptas a todos los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo.
Asimismo, en el acuerdo de aspirantes que han superado el primer ejercicio,
figurarán las puntuaciones obtenidas por aquellos que hayan alcanzado el 50 % de la
puntuación directa, a los efectos de su posterior inclusión en las correspondientes bolsas
de empleo.
9.2 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal respectivo hará público en los
lugares señalados en la base 4.4, el acuerdo con la lista de aspirantes que han superado
esta fase, en su caso, por cada turno de acceso, por el orden de puntuación total
obtenida en la misma (suma de los diferentes ejercicios). En este acuerdo, de
conformidad con la base 5.2.3, se recordará a las personas aspirantes que hayan
superado esta fase que, en el plazo improrrogable de diez días, deberán presentar para
su valoración, en la forma prevista en la citada base, la alegación de los méritos que
someten a la fase de concurso junto con los correspondientes documentos acreditativos.
9.3 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, cada Tribunal hará pública
en los lugares indicados en la base 4.4, la relación, en su caso, por cada turno de
acceso, con la valoración provisional de méritos obtenida en esta fase por las personas
aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación
total y la obtenida en cada uno de los méritos objeto de valoración. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes, sin perjuicio de
los recursos administrativos que procedan contra la valoración definitiva. Finalizado
dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación con la valoración definitiva de la
fase de concurso.
La presentación de estas alegaciones se efectuará a través de la sede electrónica de
la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»), mediante el modelo de
«Solicitud General».
9.4 Cada Tribunal hará pública en los lugares señalados en la base 4.4 una única
lista con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a
la categoría y, en su caso, especialidad de las plazas convocadas. En esta lista, las
personas aspirantes aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el
proceso selectivo (fase de oposición más fase de concurso) y, asimismo, figurarán las
puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En esta lista no podrá figurar un número
mayor de personas que el de plazas ofertadas para cada categoría y especialidad,
siendo de aplicación lo previsto en la base 7.11.
Asimismo, será de aplicación el artículo 10 del DDISCYL, por el cual se establece
que: «En las convocatorias ordinarias con turno para personas con discapacidad, las
personas aspirantes que, por este turno, superasen los ejercicios correspondientes, sin
obtener plaza, resultando su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del turno libre, serán incluidas por su orden de puntuación en la relación de
aprobados/as».

cve: BOE-A-2025-13382
Verificable en https://www.boe.es

9.