Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13378)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 86609

– Un ejemplar en formato electrónico de todos los méritos alegados y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo en formato PDF y organizado en
carpetas según el orden en el que aparecen los apartados del currículo que identifique
claramente su contenido. Se enviará a la Comisión en formato comprimido (ZIP) de
acuerdo o como la Comisión lo determine en el acto de constitución.
– El proyecto docente y de investigación (incluyendo la transferencia e intercambio
de conocimiento) en formato electrónico que la persona concursante propone para la
exposición y defensa ante la comisión. Este deberá estar contextualizado en un plan de
estudios vigente en la UC y, más concretamente, en la docencia asignada al
departamento donde se convoque la plaza. El proyecto docente incluirá, al menos, el
programa de una asignatura básica u obligatoria de Grado o de Máster oficial de, al
menos, 5 créditos ECTS (o de varias asignaturas de los títulos anteriores hasta llegar al
mínimo).
La documentación a la que hace referencia este apartado no se adjuntará en ningún
caso junto con la solicitud de admisión al concurso.
En este mismo acto se determinará mediante sorteo el orden de actuación de las
personas candidatas presentadas para realizar la primera prueba, y se fijará el lugar, día
y hora del comienzo de la misma. Igualmente se fijará el plazo durante el cual las
personas candidatas podrán examinar la documentación presentada por las demás
concursantes, y el lugar donde podrán hacerlo. Se publicará la lista de las personas
presentadas, el tiempo y lugar para examinar la documentación, y el lugar, día y hora en
que comenzará la primera prueba en el tablón de anuncios del departamento y en la
puerta de acceso al lugar de celebración y complementariamente en la página Web de
Concursos PDI de la UC.
6.5 La valoración del currículo se ajustará al baremo detallado que la comisión
indique, y que se ajustará a lo establecido en los criterios de valoración establecidos en
el anexo III.
Los méritos serán valorados en relación con la especialidad de conocimiento para la
que se convocan las plazas. El baremo se estructurará en cinco apartados: Docencia,
Investigación, Actividad asistencial (en su caso), Liderazgo y Otros méritos.
El baremo previamente definido y propuesto por la Comisión deberá recoger de
manera detallada los ítems que se valorarán en cada subapartado de los apartados
anteriores y la puntuación máxima (o en porcentaje) de cada uno de ellos en el caso de
que saturara. La puntuación total del baremo de la plaza será de 100 puntos. A tal
efecto, el valor otorgado a cada uno de dichos apartados estará en el rango determinado
en el anexo III. El peso dado al apartado docente e investigador y asistencial en su caso,
será análogo. Asimismo, en el baremo se determinará el coeficiente a aplicar a cada uno
de los méritos valorados en función de la afinidad al perfil de la plaza. Estos coeficientes
serán fijos y se establecerán de acuerdo a lo siguiente: 1 si es del perfil; un valor
entre 0,3 y 0,7 si es afín y un valor de hasta 0,2 si no es afín. Se considerarán afines,
para cada una de las especialidades de conocimiento, al menos aquellas que se recogen
en el Anexo IV de la normativa de la Universidad de Cantabria, en la fecha de
publicación de la convocatoria. El Anexo será actualizado en función de los acuerdos
que, al respecto, adopten los consejos de departamento y se publicará en la página web
del vicerrectorado competente en materia de profesorado y de la sección de PDI.
La Comisión llevará a cabo la valoración de los méritos acreditados por las personas
candidatas de acuerdo con el baremo establecido. La falta de justificación documental de
los méritos siempre que se encuentren incluidos en el currículo será subsanable,
debiendo conferirse a las personas candidatas un plazo de cinco días para su
aportación. La persistencia en su no aportación supondrá la no valoración de los mismos
por la Comisión.
6.6 La primera prueba, que será pública, consistirá en la exposición por la persona
candidata ante la Comisión, durante un tiempo máximo de una hora, y posterior debate
con la misma, durante un tiempo máximo de dos horas, de su curriculum vitae y del
proyecto docente y proyecto investigador que propone desarrollar. Finalizada la prueba,

cve: BOE-A-2025-13378
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Núm. 157