Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Medio marino. (BOE-A-2025-13413)
Real Decreto 486/2025, de 17 de junio, por el que se aprueban las estrategias marinas de segundo ciclo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 87004
Armada o al vuelo de aeronaves militares, o que pongan en riesgo la protección de los
buques y embarcaciones de Estado naufragados o hundidos, necesitarán del preceptivo
informe vinculante del Ministerio de Defensa, a fin de evitar que dichas acciones
supongan un quebranto o merma de la operatividad militar y de dicho interés de la
Defensa Nacional.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 1365/2018, de 2 de noviembre, por el que se
aprueban las estrategias marinas.
Disposición final primera.
Título competencial.
El presente real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el
artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia
exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin
perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas
adicionales de protección.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de junio de 2025.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Tercera del Gobierno
y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
cve: BOE-A-2025-13413
Verificable en https://www.boe.es
SARA AAGESEN MUÑOZ
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 87004
Armada o al vuelo de aeronaves militares, o que pongan en riesgo la protección de los
buques y embarcaciones de Estado naufragados o hundidos, necesitarán del preceptivo
informe vinculante del Ministerio de Defensa, a fin de evitar que dichas acciones
supongan un quebranto o merma de la operatividad militar y de dicho interés de la
Defensa Nacional.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 1365/2018, de 2 de noviembre, por el que se
aprueban las estrategias marinas.
Disposición final primera.
Título competencial.
El presente real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el
artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia
exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin
perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas
adicionales de protección.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de junio de 2025.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Tercera del Gobierno
y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
cve: BOE-A-2025-13413
Verificable en https://www.boe.es
SARA AAGESEN MUÑOZ