Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-13547)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque eólico «San Cristóbal», de 60 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Nolay, Velilla de los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87678
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque eólico «San
Cristóbal», de 60 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en Nolay, Velilla de los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima (Soria).
Con fecha 25 de abril de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas, se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, autorización
administrativa previa para el parque eólico «San Cristóbal», de 60 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Velilla de
los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima, en la provincia de Soria, publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» núm. 130, de 1 de junio de 2023.
Con fecha 14 de mayo de 2024, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico
«San Cristóbal», de 60 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación,
en los términos municipales de Nolay, Velilla de los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima, en
la provincia de Soria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 135, de 4 de junio
de 2024.
Parque Eólico Cristóbal, SLU, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 6 de
febrero de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico
San Cristóbal y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Dirección General de
Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, de la Dirección General de
Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, de la Dirección General de Salud Pública
de la Junta de Castilla y León, de Red Eléctrica de España, SAU, de la Delegación de
Soria del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de Castilla
y León, del Ayuntamiento de Nolay y del Ayuntamiento de Velilla de los Ajos. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de E-Distribución (grupo Endesa) y de la Dirección
General del Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, en las que se establecen condicionados técnicos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
cve: BOE-A-2025-13547
Verificable en https://www.boe.es
13547
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87678
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque eólico «San
Cristóbal», de 60 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en Nolay, Velilla de los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima (Soria).
Con fecha 25 de abril de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas, se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, autorización
administrativa previa para el parque eólico «San Cristóbal», de 60 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Velilla de
los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima, en la provincia de Soria, publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» núm. 130, de 1 de junio de 2023.
Con fecha 14 de mayo de 2024, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas se otorga a Parque Eólico Cristóbal, SLU, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico
«San Cristóbal», de 60 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación,
en los términos municipales de Nolay, Velilla de los Ajos, Bliecos y Serón de Nágima, en
la provincia de Soria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 135, de 4 de junio
de 2024.
Parque Eólico Cristóbal, SLU, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 6 de
febrero de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico
San Cristóbal y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Dirección General de
Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, de la Dirección General de
Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, de la Dirección General de Salud Pública
de la Junta de Castilla y León, de Red Eléctrica de España, SAU, de la Delegación de
Soria del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de Castilla
y León, del Ayuntamiento de Nolay y del Ayuntamiento de Velilla de los Ajos. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de E-Distribución (grupo Endesa) y de la Dirección
General del Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, en las que se establecen condicionados técnicos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
cve: BOE-A-2025-13547
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