Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13502)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 87172

c) Dado que el pago se realiza para cada plaza y dicho pago está asociado al
código de la plaza, no será posible modificar el código de plaza de una solicitud una vez
finalizada la misma. En caso de error en el código de plaza solicitada, y siempre dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes, se podrá subsanar únicamente
haciendo una nueva solicitud en la que se haga constar la selección del código de plaza
correcto, anulándose de oficio la solicitud realizada con anterioridad y procediéndose a la
devolución correspondiente, previa solicitud de esta por sede electrónica.
4.7 La solicitud deberá venir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente
documentación en formato electrónico:
a) NIF o NIE en vigor (anverso y reverso) o documento equivalente para los/as
ciudadanos/as de otra nacionalidad.
b) Hoja de servicios, referidos a la fecha de presentación de solicitud. Certificación
en la que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que se señalan en la
base 3.1 (hoja de servicios).
c) Justificante acreditativo del pago de los derechos de formación de expediente.
En caso de bonificación o exención del pago de los derechos de participación, se
adjuntará fotocopia del justificante acreditativo de la correspondiente condición que da
derecho.
Las personas aspirantes excluidas definitivamente podrán solicitar la devolución del
importe de las tasas, según lo dispuesto en el artículo 369 de la Ley 9/2012, de 29 de
noviembre, siempre que lo soliciten, a partir de la publicación de la relación definitiva de
personas aspirantes excluidas, en el plazo de un mes mediante una «solicitud
INSTANCIA GENERAL» a través de la sede electrónica dirigida a la Unidad de RR.HH.
https://www.sede.uclm.es/eAdmin/Registrar.do?action=listadoEntradas.
4.8 Los documentos acreditativos que se adjunten a la solicitud o los méritos
consignados en la misma deberán estar referidos a una fecha anterior o igual a la fecha
fin de presentación de instancias. En ningún caso se podrán acreditar méritos o adjuntar
documentación acreditativa de los méritos aportados fuera del plazo de presentación de
solicitudes.
4.9 Mediante el acto de formalización de su solicitud, la persona candidata está
asumiendo la autenticidad de los documentos presentados para participar en el proceso
selectivo y se compromete a aportar los originales cuando así sea requerido.
4.10 Mediante el acto de formalización de su solicitud, la persona candidata está
asumiendo el tratamiento de sus datos personales por parte de la UCLM, la cual actuará
en aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Código de
Conducta de protección de datos personales de la UCLM, disponible en la página web
de la Universidad en la dirección: Protección de los datos personales: Código de
conducta. https://www.uclm.es/legal/informacion-legal/proteccion-datos/codigo-conducta.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la UCLM o
Vicerrectora en quien haya delegado estas competencias dictará resolución por la que se
aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas con indicación de las
causas de exclusión. En el supuesto de que todas las personas aspirantes resultasen
admitidas en primera instancia, la lista provisional se elevará a definitiva en el mismo
acto.
5.2 Esta resolución será publicada en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica
y en la web de la UCLM, en su aplicación de convocatorias: https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=3_11.
5.3 Contra la misma se podrá presentar reclamación o subsanación de la causa
que hubiera dado lugar a la exclusión ante el Rector en el plazo de diez días hábiles, a

cve: BOE-A-2025-13502
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 158