Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13539)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Educación en Marruecos y el Cádiz C.F., para la realización de actividades académicas, culturales, educativas y deportivas conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 87505

2. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través de la
Consejería de Educación en Marruecos, se compromete a:
a) Facilitar, en las mejores condiciones posibles y por un plazo inferior a treinta días,
el uso de sus espacios en Marruecos para la organización de actividades relacionadas con
las actividades que organicen conjuntamente las partes en torno a las mismas.
Las condiciones de uso de estos espacios se acordarán entre las partes a través de
la Comisión de Seguimiento prevista en el presente convenio al objeto de estudiar su
viabilidad.
Este uso de los espacios de la Consejería de Educación, y de sus centros, no podrá
interferir en la programación académica, cultural o educativa de los mismos, y se
facilitará de conformidad con la normativa interna y previa suscripción de los documentos
que correspondan.
b) Difundir y publicitar las actividades realizadas por las partes en la/s ciudad/es en
que se celebren, en su caso, para lo que gestionará su cobertura en medios de
comunicación locales y nacionales, tanto españoles como extranjeros.
c) Promocionar y divulgar los recursos educativos digitales del Cádiz C.F. entre su
profesorado y los docentes marroquíes.
d) Promocionar y divulgar entre los docentes dependientes de la Consejería de
Educación en Marruecos, así como entre el profesorado marroquí, la posibilidad de crear
contenidos y recursos didácticos.
3.

El Cádiz C.F. se compromete a:

a) Transmitir a docentes las habilidades didácticas y pedagógicas y de liderazgo
derivadas del futbol de primer nivel.
b) Instruir a docentes en metodología en la enseñanza aplicada al fútbol.
c) Preparar a docentes en desarrollo táctico y análisis de rendimiento.
d) Preparar a docentes en gestión de equipos y planificación estratégica.
e) Dar a conocer el proceso de crecimiento del fútbol base.
Cuarta.

Financiación.

La suscripción de este convenio no implica la aportación de recursos económicos
entre las partes ni ningún tipo de gasto para la Consejería de Educación en Marruecos
ni, por ello, para el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Cada una de las partes asumirá los compromisos establecidos en el presente
convenio a través de sus propios medios, así como los recursos materiales y humanos,
dotados en sus respectivos presupuestos para cada ejercicio, en los que cuentan con
crédito suficiente. La ejecución de los compromisos asumidos quedará supeditada a las
disponibilidades presupuestarias de cada una de las partes.

Las partes podrán contar con la colaboración de cuantos departamentos,
organismos, instituciones y empresas, de carácter público o privado, estén relacionadas
con el objeto del presente convenio y cuya contribución se considere de interés para el
mismo.
Se procederá, en su caso, a la formalización de los correspondientes instrumentos
jurídicos cuando de las colaboraciones anteriormente señaladas se deriven compromisos
con efectos jurídicos vinculantes.
Sexta.

Publicidad y logotipos.

Las partes se comprometen a incluir el nombre de «Consejería de Educación de la
Embajada de España en Marruecos» y/o «Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes» y «Cádiz C.F.», como coorganizadores, con sus logotipos y, en

cve: BOE-A-2025-13539
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Colaboración de otras instituciones.