Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13529)
Resolución 420/38303/2025, de 26 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Instituto de Cuestiones Internacionales y Política Exterior, para la realización en 2025 de actividades de investigación, difusión y debate sobre seguridad y defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 87470

Dado el interés coincidente en la materia, el MINISDEF desea colaborar en la
realización de las actividades concretas que a continuación se relacionan:
1. Conferencia «Defensa Europea y Relaciones Transatlánticas: fortaleciendo la
seguridad en un mundo cambiante».
2. Conferencia «La seguridad energética en el Siglo XXI: retos y oportunidades».
3. XX Seminario Fuerzas Armadas y Medios de Comunicación «La ciberseguridad y
la guerra híbrida».
Segunda.

Aportaciones de las partes.

1. El MINISDEF, a través de la Secretaría General de Política de Defensa
(SEGENPOL), se obliga a:
a) Coordinar los temas a tratar en las diferentes jornadas, poniendo especial interés
en los mensajes a transmitir y en los públicos a los que va dirigida cada actividad.
b) Consensuar, para el desarrollo de cada una de las actividades, los lugares de
mayor impacto y de máximo interés.
c) Colaborar en la búsqueda del personal y ponentes más cualificados para
participar en las actividades previstas.
d) Supervisar cada una de las actividades.
e) Apoyar económicamente al INCIPE para la realización de las actividades objeto
del convenio.
2.

El INCIPE se obliga a:

a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir, con sus
propios recursos, entre otros, los gastos generales que se generen en concepto de
gastos de personal que forme parte de la propia entidad, adquisición de material
inventariable de todo tipo y todos aquellos gastos no relacionados directamente con las
actividades objeto del convenio.
b) Aportar, para el desarrollo del objeto de este convenio, la cantidad establecida en
la cláusula tercera, cuyo desglose está especificado en la memoria justificativa del
expediente.
c) Acordar con la SEGENPOL todo lo relativo a la realización de las actividades
relacionadas en la cláusula primera.
d) Gestionar las cantidades procedentes del MINISDEF y la realización de todos los
pagos que origine el desarrollo de las actividades con arreglo a lo que se señala en la
cláusula tercera y en el anexo a este convenio.
e) Entregar a la SEGENPOL, una vez realizadas las actividades, una memoria de
actividades y una memoria económica en la que se desglosen los gastos realizados, con
cargo a la aportación económica del MINISDEF, como consecuencia de las actividades
objeto del convenio, además de las correspondientes facturas, tal y como se indica en la
cláusula cuarta.
Financiación.

El MINISDEF apoyará al INCIPE en el desarrollo de las actividades previstas en este
convenio con la cantidad máxima de doce mil (12.000,00) euros, impuestos incluidos,
con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121M2.226.06 de los presupuestos
correspondientes al ejercicio económico de 2025.
El abono de la cantidad máxima reflejada en esta cláusula se realizará tras finalizar
las actividades previstas en la cláusula primera, por medio de una transferencia bancaria
en la cuenta que a tal efecto designe el INCIPE.
Dicha transferencia se realizará a través de una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada correspondiente.

cve: BOE-A-2025-13529
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.