Comunidad Autónoma de Extremadura. I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2025-13563)
Decreto-ley 2/2025, de 19 de mayo, de simplificación en materia de urbanismo para la agilización de la aprobación del planeamiento y su ejecución para el impulso a la promoción de vivienda y otras medidas urgentes en materia de energía y función pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Jueves 3 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 87786

Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en este decreto-ley.
Disposición final primera.

Salvaguarda del rango de disposiciones reglamentarias.

Las determinaciones incluidas en normas reglamentarias que son objeto de
modificación por este decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango
reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

El presente decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Diario Oficial de Extremadura».
Por tanto, ordeno a la ciudadanía y a las autoridades que lo cumplan y lo hagan
cumplir.
Mérida, 19 de mayo de 2025.–La Presidenta de la Junta de Extremadura, María
Guardiola Martín.–El Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, Abel Bautista
Morán.

cve: BOE-A-2025-13563
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» número 98, de 23 de mayo de 2025. Por Resolución de 20 de
junio de 2025, de la Presidencia de la Asamblea de Extremadura, se ordena la publicación de la no
convalidación del Decreto-ley 2/2025, de 19 de mayo, publicada en el «Diario Oficial de Extremadura»
número 122, de 26 de junio de 2025)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X