Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-13630)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SLU, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque eólico «Pedrecha», de 59,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Cañamaque, Maján, Velilla de los Ajos y Serón de Nágima (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88136
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SLU, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque eólico
«Pedrecha», de 59,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en Cañamaque, Maján, Velilla de los Ajos y Serón de Nágima
(Soria).
Con fecha 25 de abril de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas, se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SL autorización
administrativa previa para el parque eólico «Pedrecha», de 60 MW de potencia instalada
y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Velilla de los Ajos,
Serón de Nágima, Cañamaque y Maján, en la provincia de Soria, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» número 130, de 1 de junio de 2023.
Con fecha 14 de mayo de 2024, mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SLU, autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico «Pedrecha»,
de 59,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Cañamaque, Maján, Velilla de los Ajos y Serón de Nágima, en la provincia de
Soria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 137, de 6 de junio de 2024.
Parque Eólico Pedrecha, SLU, en adelante el promotor, solicitó con fecha 6 de
febrero de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico
Pedrecha y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Confederación Hidrográfica
del Ebro, de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla
y León, de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, de la
Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y
León, de la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León, del
Ayuntamiento de Maján, del Ayuntamiento de Velilla de los Ajos, de Red Eléctrica de
España, SA, y de la Delegación de Soria del Servicio Territorial de Movilidad y
Transformación Digital de la Junta de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de E-Distribución (grupo Endesa) y de la Dirección
General del Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, en las que se establecen condicionados técnicos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en la que
informa de la manera de proceder para solicitar autorización en materia de servidumbres
cve: BOE-A-2025-13630
Verificable en https://www.boe.es
13630
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88136
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SLU, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque eólico
«Pedrecha», de 59,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en Cañamaque, Maján, Velilla de los Ajos y Serón de Nágima
(Soria).
Con fecha 25 de abril de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas, se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SL autorización
administrativa previa para el parque eólico «Pedrecha», de 60 MW de potencia instalada
y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Velilla de los Ajos,
Serón de Nágima, Cañamaque y Maján, en la provincia de Soria, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» número 130, de 1 de junio de 2023.
Con fecha 14 de mayo de 2024, mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas se otorga a Parque Eólico Pedrecha, SLU, autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico «Pedrecha»,
de 59,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Cañamaque, Maján, Velilla de los Ajos y Serón de Nágima, en la provincia de
Soria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 137, de 6 de junio de 2024.
Parque Eólico Pedrecha, SLU, en adelante el promotor, solicitó con fecha 6 de
febrero de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico
Pedrecha y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Confederación Hidrográfica
del Ebro, de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla
y León, de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, de la
Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y
León, de la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León, del
Ayuntamiento de Maján, del Ayuntamiento de Velilla de los Ajos, de Red Eléctrica de
España, SA, y de la Delegación de Soria del Servicio Territorial de Movilidad y
Transformación Digital de la Junta de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de E-Distribución (grupo Endesa) y de la Dirección
General del Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, en las que se establecen condicionados técnicos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en la que
informa de la manera de proceder para solicitar autorización en materia de servidumbres
cve: BOE-A-2025-13630
Verificable en https://www.boe.es
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